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viernes, 12 de abril de 2013

CARTA ABIERTA A LA SEÑORA ROSA DÍEZ

Sra. Díez, hace tiempo que nos ha quedado más que claro que a usted el bienestar de los menores de este país le importa un bledo. Solicita la custodia compartida como opción preferente y para ello y, por una cuestión de mero oportunismo político, ha distorsionado y manipulado el interés del menor hasta tal punto que lo ha transformado en el interés de las asociaciones machistas de padres a los que ha comprado su voto.

Niños cambiando de entorno constantemente con la inestabilidad y la ruptura de vínculos de apego que esto supone. Niños que ven cómo sus padres no se hablan. Niños que viven en una contradicción permanente. Niños con problemas de concentración...¿Le va sonando todo esto?

No nos hable de igualdad cuando estamos tratando cada día con problemas psicológicos graves en menores como consecuencia de esta medida.

No nos hable de que es un derecho del menor cuando el verdadero derecho de los menores es contar en sus vidas con su padre y con su madre de la mejor forma posible; y no de la forma que decidan politicuchos ignorantes y sin escrúpulos como usted, comprados por miembros de las asociaciones de padres que, en lugar de pensar en lo mejor para sus hijos, sólo saben mirarse el ombligo y el bolsillo.

No nos hable de mejora del rendimiento escolar cuando el fracaso escolar de estos niños y niñas es manifiesto, aunque a usted le interese ocultarlo. Afortunadamente, poco a poco estamos consiguiendo la implicación de los colegios ante una problemática tan grave.
El rendimiento escolar de mi hijo ha caído en picado como consecuencia de esta medida y no es ninguna excepción. Ojalá lo fuera. ¿Va a negar esto mirándome a la cara? ¿Y mirando a la cara al resto de madres que ven cómo la imposición de una custodia compartida ha destrozado la vida de sus hijos?

Hay que ser mala persona y peor político para solicitar la preferencia de esta medida sin contrastar sus efectos negativos en menores. Solamente por intereses políticos y por un puñado de votos de las asociaciones machistas de turno. Total falta de ética. Peor catadura moral.

Los niños y niñas de Aragón,Valencia y Cataluña que están sufriendo esta atrocidad, todavía la están esperando. Todavía están esperando a que individuos e individuas de su calaña se molesten en indagar cómo se encuentran. Cómo lo están sobrellevando. Por qué sienten esa frustración. Porqué están tristes. Por qué necesitan descargar su ira mediante reacciones agresivas que no habían tenido jamás anteriormente.

Sra. Díaz, esto no es una cuestión de igualdad. De esa mal llamada igualdad que usted escupe por la boca. Estamos hablando del bienestar de nuestros hijos e hijas. Aunque a usted eso no le importe porque claro, todavía no votan...

Fdo. Laia Sedano
Miembro Asociación Custodia en Positivo

martes, 2 de abril de 2013

Hombres "SAPpiens"

Por: | 01 de abril de 2013
 

SAP-Hombres-MCEEso de que "algo tendrá el agua cuando la bendicen", de alguna manera nos viene a decir que la casualidad se mueve por callejones estrechos y tortuosos, tanto que difícilmente llega a la plaza pública de los acontecimientos.
Y algo parecido podríamos afirmar sobre la igualdad cuando observamos la reacciones que se producen ante su mera mención. "Algo tiene la desigualdad cuando la bendicen… y cuando quienes la bendicen son hombres". No "los hombres" como grupo social, y por tanto, no todos los hombres, sino hombres, muchos hombres.
Lo especifico y matizo porque de esa reacción lo que uno deduce es que muchos parecen no querer enterarse de lo que va el tema, de lo que se plantea, ni de por qué se hace. Para ellos los problemas han empezado en el momento en que la sociedad se han enfrentado a la desigualdad y a la violencia de género, es decir, a la violencia que ejercen "determinados hombres" contra sus parejas partiendo de las referencias culturales que llevan a entender esas conductas como aceptables y normales, que es lo que recogen una y otra vez los estudios sociológicos (el 1'4% de la población entiende que la violencia de género es aceptable en determinadas ocasiones –MSPSI-).
Antes no había problemas, no se hablaba de desigualdad porque las mujeres hacían lo que la cultura y los hombres les decían que hicieran, ni los hombres estaban discriminados. Tampoco pasaba nada cuando se producían separaciones y divorcios y los hijos e hijas quedaban bajo la custodia de la madre. Nadie protestaba, y ellos menos.
Ahora, cuando la situación ha cambiado, y cuando no se ve normal que un hombre agreda a su pareja, y cuando las responsabilidades de la paternidad y maternidad se exigen más allá de la separación, todo parece un complot contra los hombres. No se habla de cambios para abordar una situación demostrada como injusta, sino de complot generalizado contra los hombres.
Los comentarios al post "SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL (SAP)" (30-3-2013) son muy ilustrativos en este sentido.
Hasta el momento de escribir este nuevo post se habían recibido 56 comentarios, el 80'4% firmados por hombres, el 10'7% por mujeres y el 8'9% restante sin que se pudieran identificar si pertenecían a un grupo o a otro. La gran mayoría de los comentarios critican el contenido del post, concretamente lo hacen el 78'6%, y lo hacen fundamentalmente los hombres, que lo critican en el 93'3% de sus aportaciones (las mujeres que intervienen lo critican en el 33'3%, y de los no identificados lo hacen el 40%).
Lo interesante de estas críticas y aportaciones son los contenidos de sus razonamientos y las formas de exponerlos, que básicamente se concretan en los siguientes "argumentos":
  • Uno de los principales argumentos es la crítica y los ataques personales hacia el autor, es decir, hacia mi; algo habitual entre esta gente tan razonable e ilustrada, como ya expuse en el post "Mis adorables machistas" http://blogs.elpais.com/autopsia/2013/02/mis-adorables-machistas.html Qué le vamos a hacer, siguen tan adorables como siempre.
  • La razón de fondo es que todo forma parte de un complot contra los hombres, da igual la realidad, la historia, la evolución del derecho, las justificaciones que aún existen y que demuestran esa "permisividad" social, las manifestaciones vinculadas con la desigualdad y discriminación de las mujeres asociadas a la violencia… Eso no importa, todo es una estrategia para atacar a los hombres, y de paso acabar con la familia, puesto que para eso son el "pater familias". Ya he insistido y demostrado que no tengo nada contra los hombres, todo lo contrario, ya lo expuse en otro post http://blogs.elpais.com/autopsia/2012/06/nosotros-los-hombres-i.html
  • Y claro, si hay un ataque y una estrategia tiene que haber responsables. El causante del problema tiene nombre: el feminazismo, y apellidos: mujeres y hombres que sometidos a su ideología (el hembrismo) quieren acabar con la sociedad y la convivencia.
  • Otra táctica es utilizar la generalización para criticar los argumentos sobre el SAP y como forma de desviar la atención y distraer la reflexión de la sociedad. Todo lo que se dice sobre la conducta que llevan a cabo determinados hombres, bien al ejercer la violencia contra las mujeres durante la relación o al acusarlas de producir un SAP tras la separación, es generalizado como si fuera una crítica a todos los hombres. Algunos, incluso, intentando ser irónicos dicen que se van a autodenunciar por el delito de "ser hombres". Tiene su gracia la ocurrencia.
  • Y, paradójicamente, ellos mismos emplean la generalización para demostrar sus argumentos, y hablan de casos particulares de SAP y de denuncias falsas que conocen o que han sufrido, para presentarlos como la demostración de que toda la situación de la desigualdad y la violencia como una manipulación del feminazismo. Es decir, cuando se habla de determinados hombres violentos no quieren ver que sólo se esté hablando de esos hombres y no de todos los hombres, en cambio, cuando se producen, según ellos, algunos casos de denuncias falsas o de "malas influencias" sobre los hijos, la cosa no queda reducida a esos casos mínimos (así lo dicen las estadísticas del CGPJ y la FGE), y la extienden a toda la violencia de género y a todas las separaciones.
  • Otro elemento que he apreciado en estos comentarios (críticos) es su repetición. Concretamente 5 comentarios han sido repetidos varias veces y así cuentan como 12. Imagino que lo harán para aumentar la sensación de mayor rechazo al post e incrementar la probabilidad de que sean leídos. Pero lo que en verdad demuestran es poca confianza en sus razonamientos cuando tienen que recurrir a estos trucos.
La situación demuestra que para ellos todo vale, una cosa y lo contrario, con tal de defender su posición e ideología. Lo mismo da utilizar la "generalización" como argumento que como crítica, da igual no haber hablado de desigualdad y violencia contra las mujeres durante años y pasar de repente a hablar de violencia contra los hombres y de discriminación, les resulta indiferente haber repetido durante siglos que el rol principal de las mujeres es el de ser madres sin hacer nada para cambiarlo, y ahora quejarse de que las decisiones de una cultura machista benefician la maternidad respecto a la paternidad… Pero claro, los incoherentes, manipuladores, mercenarios, indoctos… somos los que ponemos de manifiesto su estrategia machista y posmachista.
Y el Síndrome de Alienación Parental (SAP) es un ejemplo paradigmático de su argumento y de la fuerza que pueden llegar a tener a través de la manipulación, por eso molesta tanto que se cuestione.
Y qué le vamos a hacer, si la comunidad científica no lo admite como categoría diagnóstica pues no existe como tal. Y si hay científicos que lo defienden, pues que lo defiendan y que intenten que sea admitido, pero mientras tanto debe quedar al margen de las bases para tomar una decisión científica y judicial. Y si hay profesionales forenses que lo diagnostican, pues tendrán que ser ellos y ellas quienes expliquen cómo se puede diagnosticar algo que no acepta la ciencia, lo cual no es muy profesional que digamos.
El SAP no existe como no existe el "Síndrome de Estocolmo" desde el punto de vista científico, ni tampoco el "Síndrome de la Clase Turista", ni el "Síndrome Postvacacional", ni tantos otros… Todos ellos son descripciones gráficas de otro tipo de trastornos o alteraciones que deben tener una base clínica para su consideración y para la adopción de medidas en su nombre.
Me sorprende que ese 93'3% de hombres, 33'3% de mujeres y 40% de indefinidos e indefinidas, se envuelvan en la crítica hacia la falta de rigor científico en quienes elaboramos nuestras conclusiones en publicaciones y congresos que requieren obligatoriamente pasar por tribunales científicos. Y, en cambio, ellos que tanto cuestionan lo que los demás hacemos no sean capaces de pasar por ese proceso que está al alcance de todo el mundo, y así demostrar nuestro teórico error y manipulación.
Pero claro, es más fácil criticar y atacar al que no piensa como ellos e insistir en que todo es un complot propiciado por el lobby feminista, capaz incluso de que no se incluya el SAP en el DSM-IV-TR, como dicen, y de que se incluya la violencia de género como una violencia especial. Y me sorprende cómo con tanta capacidad, según manifiestan las voces posmachistas, este lobby no haya sido capaz de acabar directamente con la desigualdad y la violencia de género… ¿Son adorables o no son adorables?

 

jueves, 28 de febrero de 2013

Comunicado de la Asociación Custodia en Positivo dirigido al Gobierno de España: les pedimos un ejercicio de responsabilidad hacia los menores

Desde la Asociación Custodia en Positivo, solicitamos al Gobierno que a la hora de redactar cualquier nuevo texto en materia de familia, proteja el bienestar de los niños y niñas de este país por encima de todo. Le pedimos que haga un ejercicio responsabilidad y de ética política y que priorice a la parte más indefensa tras una separación y/o divorcio: los menores.

Somos conscientes de la enorme presión ejercida por las asociaciones de padres. Y también somos bien conocedores/as de su discurso plagado de cifras inventadas, datos sin contrastar e informes manipulados. Bien reciente tenemos el ejemplo de Toni Cantó, que se ha dedicado a diseminar por twitter los datos falsos y descabellados de una de estas asociaciones neomachistas.
Pero lo más grave y que a nosotros más nos preocupa: tergiversan hasta la saciedad un concepto que, han distorsionado hasta tal punto que ha quedado invisibilizado: el interés del menor.

No es casual que estas mismas asociaciones pugnen por la derogación de la ley integral de violencia de género dada la gran cantidad de maltratadores con que cuentan en sus filas, anteponiendo constantemente sus propios intereses, que en muchísimos casos son de carácter económico, sobre las necesidades de los menores. "Con papá y mamá", gritan con la clara intención de manipular a la opinión pública, aun cuando jamás hemos puesto semejante afirmación en duda. Estamos de acuerdo en que los menores necesitan a su padre y a su madre (absolutamente) pero no de cualquier forma, sino de aquella en que se protejan mejor sus necesidades y su bienestar; pero esta segunda parte siempre se les olvida.

Contamos con datos contrastados como para poder afirmar que la imposición de la custodia compartida por vía judicial en divorcios contenciosos y por tanto, sin que exista acuerdo entre progenitores a este respecto, tiene consecuencias negativas muy graves para los menores involucrados. No podemos olvidar la situación en que se está poniendo a estos menores por priorizar intereses adultos:

-          Son obligados a abandonar su hogar para pasar a una situación en virtud de la cuál tienen que mudarse de forma periódica y constante entre dos domicilios, con la ruptura traumática de vínculos de apego y de rutinas que ello supone.
La terrible inseguridad que les provoca el tener que vivir en esta situación les está ocasionando un daño psicológico irreparable. Siempre han sido fundamentales para su correcto desarrollo tanto la estabilidad como el respeto a unas rutinas diarias. Y aunque por otros intereses, se intenten pasar a un segundo plano, siguen siéndo igual de importantes.

-          Son obligados a vivir permanentemente la situación de conflicto entre progenitores. No olvidemos que estamos hablando de divorcios contenciosos en que, prácticamente sin excepción, el nivel de conflictividad es elevado. Esta circunstancia suele concretarse en normas distintas y contradictorias entre ambos hogares, ya que la comunicación entre progenitores en estos casos y a este respecto, es casi inexistente y si la hay, no es en términos de respeto y consenso. Asimismo, es muy frecuente la incomunicación de los menores con respecto al progenitor con el que no residen en ese momento, con el sufrimiento emocional que conlleva para ellos.


Hemos llevado a cabo un análisis exhaustivo y sistematizado de los casos que han ido llegando a la asociación y los síntomas más recurrentes en estos niños y niñas son los siguientes: ansiedad, problemas de atención y concentración (con el consiguiente fracaso escolar), agresividad y depresión. Si bien hay muchos otros síntomas negativos que van variando en función de las circunstancias concretas de cada caso, estos síntomas suelen estar presentes casi sin excepción. Son niños y niñas que viven en un estado de frustración permanente.


Desde nuestra asociación, no nos oponemos a la custodia compartida pero sí solicitamos de forma contundente que en la legislación, se recojan una serie de restricciones a la hora de poder dictaminar una custodia compartida impuesta, encaminadas única y exclusivamente a salvaguardar el bienestar de los menores, ya que debiendo ser el máximo interés a proteger, está siendo pisoteado de forma reiterada en determinados juzgados.  Entre dichas restricciones estarían las siguientes circunstancias, en las cuáles no debería poder dictaminarse esta medida:

- Existencia de conflicto grave entre progenitores, por las consecuencias que ya hemos explicado anteriormente (incomunicación, falta de consenso, normas contradictorias, etc).
-   Distancia elevada entre los domicilios de ambos progenitores. En estas circunstancias, es evidente su inviabilidad en el día a día.  
-   Antecedentes reiterados y voluntarios (reiteramos: voluntarios)  tanto en el cumplimiento de los regímenes de visitas como en el pago de las pensiones de alimentos. Nos referimos a progenitores que, teniendo posibilidad de hacerlo dados sus ingresos, han evitado contribuir a la manutención de sus hijos. Así como a progenitores que teniendo un régimen de visitas establecido para poder pasar tiempo con sus hijos, han preferido invertir su tiempo en otros menesteres.
- Por último, antecedentes de maltrato y/o abusos sexuales. Tristemente, por todos y todas es sabido que ha habido ya más de un caso en que se ha dictaminado una custodia compartida habiendo antecedentes probados de violencia, colocando a los menores en una situación de riesgo grave e innecesaria.


Asimismo, solicitamos que se contemplen las siguientes herramientas básicas a la hora de valorar la posible determinación de esta medida en un juzgado:

1)    Plan de parentalidad de obligado cumplimiento. Es fundamental que el juzgado recabe información acerca de cómo piensa organizarse cada progenitor  para el buen funcionamiento de la custodia compartida; así como se deberán facilitar las vías para poder denunciar de forma ágil cualquier incumplimiento del mismo para que así, no sea un mero papel mojado, como ya vienen sucediendo en muchos casos.
2)    Informe de corresponsabilidad a recabar por el juzgado con el fin de determinar el rol desempeñado por cada progenitor con anterioridad a la separación. Este informe es fundamental a la hora de poder averiguar cuál es la motivación de cada parte a la hora de formular sus solicitudes. Las custodias compartidas que tienen origen en "ataques repentinos de corresponsabilidad" por parte de un progenitor, suelen derivar en menores cuidados por terceras personas e incluso solos.
3)    Supervisión periódica de esta medida, con el fin de comprobar su correcto desarrollo en la práctica así como valorar el impacto que la medida esté teniendo sobre el desarrollo psicológico de los menores afectados.
4)    Formación especializada en Psicología Evolutiva para el personal de los Juzgados de Familia. Es evidente y notoria la falta de formación, que está derivando en sentencias e informes psicosociales aberrantes y sin un criterio definido, con bebés cambiando de domicilio cada día, niños de corta edad mudándose de domicilio cada año, etc. Los menores tienen necesidades muy distintas en función de la etapa de crecimiento en que se encuentren y que no pueden ser ajenas al personal encargado de decidir una cuestión tan delicada.

Por último pedimos que, antes de aprobar cualquier regulación en esta materia, se lleve a cabo unestudio longitudinal exhaustivo del impacto psicológico en los menores afectados por las legislaciones autonómicas aprobadas a este respecto (Aragón, Comunidad Valenciana y Cataluña). Y con el fin de dotar de rigor y de objetividad al estudio, pedimos que sea llevado a cabo por profesionales imparciales, con la debida formación en Psicología Evolutiva y contando con los propios menores como sujetos de estudio. Somos conscientes de la dificultad de llevar a cabo este estudio ya que es tremendamente difícil, por no decir imposible, que un padre que ha solicitado y conseguido una custodia compartida preste su consentimiento para que se analice al menor, pese a que ya se estén manifestando los síntomas negativos que hemos descrito anteriormente. Otros países ya se han enfrentado a esta dificultad pero con esfuerzo, han conseguido llevarlo a cabo y poner los problemas encima de la mesa y legislar, o bien modificar la legislación, sin perder de vista las consecuencias en menores de una medida tan compleja. 
Sabemos que nuestras peticiones requieren un gran esfuerzo en cuanto a dotación de medios a los juzgados, pero sabemos con certeza que si no se contemplan, los menores se verán dañados de forma irremediable. En definitiva, lo que solicitamos es que la legislación que se apruebe a este respecto contemple una red de seguridad que proteja el que es nuestro bien más preciado: nuestros hijos y nuestras hijas.

Asociación custodia en positivoC.I.F G86244043, nº del Registro Nacional de Asociaciones: 598442,
web: http://custodiaenpositivo.blogspot.com, email: custodiaenpositivo@gmail.com

domingo, 24 de febrero de 2013

Encarcelan a un hombre tras hallar los restos de su hija discapacitada

24.02.2013 | 00:00 | informacion.es


El juez de guardia de Arrecife acordó a última hora del viernes el ingreso en prisión para el padre de una joven discapacitada desaparecida y cuyos supuestos restos han sido hallados en una casa de Tinajo (Lanzarote), así como para su madrastra y un hermano, según informó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Al padre y a la madrastra se les imputa un delito de homicidio y al hermano por encubrimiento. La Policía está pendiente del ADN para conocer si esos huesos corresponden a la joven, de 28 años. En la casa de Tinajo, donde se hallaron los restos humanos, residen el padre de la joven y su madrastra, y fue registrada al comprobar la escasa colaboración que prestaba la familia en la búsqueda. e.p. las palmas

Detienen a un hombre por golpear a su hijo en plena calle en Valencia.

Hace unos años ASESINÓ a la madre pero alegaron suicidio y no lo condenaron ( pese a tener antecedentes de malos tratos ), por supuesto se queda con la custodia de los niños, a los que maltrata.

El menor presentaba una herida sangrante en la cara y tuvo que ser auxiliado por la policía.





viernes, 22 de febrero de 2013

MUY GRAVE: MAGISTRADA MANTIENE LA CUSTODIA DE DOS MENORES EN MANOS DE UN IMPUTADO POR MALTRATO PESE A HABER INDICIOS DE DELITO


La magistrada obvia informes que evidencian el maltrato no sólo hacia la madre sino también un posible delito de maltrato hacia los menores. La Audiencia ha ...apreciado suficientes indicios como para abrir una investigación por un delito penal de maltrato y aun así la magistrada ha mantenido la custodia de los hijos en manos de un MALTRATADOR.

Gravísimo maltrato institucional. Y gravísima vulneración de los derechos de los menores.

Un imputado por maltrato mantiene la custodia de sus dos hijos menores

Una juez rechaza devolverlos a la madre pese a que la Audiencia ve indicios de delito


La Audiencia de Madrid ha ordenado reabrir una investigación penal contra un vecino de esa comunidad por supuestos malos tratos cometidos contra su excompañera, de la que se encuentra separado, y sus dos hijos. Sin embargo, los dos menores, de 11 y 13 años, siguen conviviendo con el presunto agresor, que conserva la guarda y custodia que le concedió la titular del juzgado de violencia sobre la mujer encargado del caso, la juez que, en primera instancia, archivó la causa penal contra el padre argumentando que la mujer los había puesto en su contra generándoles el Síndrome de Alienación Familiar (SAF), que la comunidad médica no reconoce. La Audiencia, sin embargo, mantiene que los menores han podido sufrir un delito de malos tratos por parte de su padre.
La titular de ese juzgado madrileño archivó el 26 de marzo del año pasado la denuncia por maltrato presentada por la madre de los niños. La magistrada de violencia argumentaba que esa denuncia solo se debía al resentimiento o al ánimo de venganza que tendría esta contra su compañero, el presunto agresor, por lo que la perpetración del delito no quedaba probada.
Esa decisión de la juez se basaba únicamente en el informe del equipo psicosocial del juzgado en el que, tras explorar someramente a todos los miembros de la familia, se aseguraba que los menores sufrían el "Síndrome de Alienación Familiar (SAF)". "La madre y los hijos forman una coalición en contra del padre situándose como víctimas de una situación de malos tratos que no se ha objetivado por ninguna vía imparcial", mantenía ese documento. Fue la propia juez a petición del fiscal la que solicitó que ese equipo dictaminara también sobre la existencia de ese síndrome que ni la OMS ni la biblia de los trastornos mentales, el DSM-IV de la Asociación Americana de Psiquiatría, reconocen. El Observatorio contra la Violencia del Consejo General del Poder Judicial considera que el SAP no es más que una estrategia procesal para resistirse a la aplicación de la ley integral contra este fenómeno.

La magistrada obvió otros informes que sí apreciaban la violencia de género
El archivo de la investigación penal por maltrato —que ahora ordena reabrir la Audiencia— se produjo solo un día antes de la vista en ese mismo Juzgado de Violencia en la que se debía decidir cuál de los dos progenitores se quedaba con la guarda y custodia de los menores. Un mes después de esta última comparecencia, el 27 de abril, la magistrada, en contra del criterio del fiscal que pidió la custodia para la madre, dictó su sentencia en la que la otorgaba al padre y suspendía las visitas de la madre a los niños durante tres meses atendiendo también a la existencia de ese síndrome. En cumplimiento de esa resolución, la mujer entregó a sus hijos al padre el 3 de julio. Desde entonces han pasado más de siete meses en los que la progenitora no ha podido volver a verlos.
Todavía hoy, los hijos siguen bajo la custodia del padre que, sin embargo, está imputado judicialmente por maltrato hacia ellos y hacia la madre. Es decir, dos de las supuestas víctimas conviven con el presunto agresor. Y es así porque, a pesar de que el Juzgado de Violencia conoce desde finales de noviembre que la Audiencia de Madrid le obligaba a seguir la investigación contra el progenitor, hasta el momento, su titular no ha decidido que los niños vuelvan con su madre. El objetivo de la creación de los juzgados de violencia en 2005 —que llevan conjuntamente la investigación del delito (penal) y los divorcios y las relaciones con los hijos (civil)— era que la posible marcha dispar de esos procesos no dejara desprotegidas a las víctimas.
El artículo 158 del Código Civil permite al juez "de oficio" es decir, por su propia iniciativa, dictar las "disposiciones que considere oportunas, a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios". Pero es que, además, la madre, a través de su abogada, así lo solicitó expresamente a la magistrada de violencia el pasado 3 de enero. En su escrito, la letrada recordaba la resolución de la Audiencia de Madrid que reconocía "que los menores han podido sufrir un delito continuado de malos tratos por parte de su padre". Por ello pedía a la magistrada que acordara "a la mayor brevedad posible, la entrega de los menores a la madre". La juez respondió que el escrito de la mujer tenía un defecto formal y que en él no se especificaba la medida concreta que se solicitaba.

El Código Civil permite al juez actuar de oficio para evitar peligros
Al contrario que la juez de violencia, la sección 26 de la Audiencia de Madrid considera que el testimonio de la madre sobre los supuestos malos tratos "resulta creíble". "No podemos llegar a la conclusión de que concurre un móvil de resentimiento o venganza (...) u otro de similar naturaleza que haya sido el detonante o causa de la denuncia", mantienen los magistrados, que reprochan a la juez que obviara otros informes médicos y psicológicos aportados al caso que ratificaban el discurso de la supuesta víctima.
Entre ellos estaba el de la psicóloga que atendió a la madre desde su ingreso en un centro de acogida en febrero de 2010 y que, en su diagnóstico, encontró signos de malos tratos físicos, psíquicos y sexuales. También la que la examinó en el Observatorio Regional de Violencia de Género, dependiente de la Comunidad de Madrid, encontró esos indicios. De todos ellos, recuerda la Audiencia, se desprende "que la denunciante [es decir, la madre] sufre un trastorno adaptativo o de estrés postraumático derivado de la situación de maltrato sufrido". A esos documentos se suma el de la psiquiatra que la atendió el 14 de marzo de 2011 en un centro del Servicio de Salud Mental madrileño, que le diagnosticó un "trastorno adaptativo con síntomas mixtos en relación con maltrato de pareja". Todos esos informes fueron elaborados por organismos públicos.
Este periódico ha intentado ponerse en contacto con la abogada del padre, que el pasado martes, declinó ponerse al teléfono. Ahora, la madre y presunta víctima tiene la esperanza puesta en otro recurso que también ha presentado ante la Audiencia de Madrid, aunque de carácter civil. En él solicita que, teniendo en cuenta que su excompañero sigue imputado por maltrato, se le devuelva la custodia de los niños. Así intentará conseguir de ese órgano superior lo que hasta el momento no ha logrado del que, mantiene, tiene el deber de protegerla. A ella y a sus hijos.

miércoles, 20 de febrero de 2013

Asesinada por su expareja a puñaladas delante de los dos hijos según salían de casa para ir al colegio... ¡¡¡Basta ya!!!

Violencia machista: Muere una mujer asesinada en Santa Cruz de Tenerife

Una mujer de 35 años aproximadamente ha fallecido este miércoles en el barrio de Los Gladiolos de Santa Cruz de Tenerife en un presunto caso de violencia de género. El agresor ha sido su expareja, de 42 años, según han informado a Europa Press fuentes de la Policía Nacional.

Europa Press 20 de febrero de 2013
Una mujer de 35 años aproximadamente ha fallecido este miércoles en el barrio de Los Gladiolos de Santa Cruz de Tenerife en un presunto caso de violencia de género. El agresor ha sido su expareja, de 42 años, según han informado a Europa Press fuentes de la Policía Nacional.
Los hechos han sucedido pasadas las 07.00 horas, y el hombre ya ha sido detenido tras entregarse directamente a los agentes. Según el relato de algunos vecinos, el hombre agredió a su pareja con arma blanca delante de sus dos hijos en el ascensor del bloque de viviendas en el que vivían cuando se disponían a ir al colegio.
En el barrio hay mucha consternación porque en ningún momento se habían presenciado discusiones ni comportamientos extraños en la pareja. Es la primera víctima del año por violencia de género en Canarias.



domingo, 17 de febrero de 2013

Mujer recibe 6 disparos efectuados por su ex pareja, con una orden de alejamiento por violencia machista y que se ha fugado con el hijo de ambos, de 6 años

Una mujer, en estado crítico al recibir varios disparos en el distrito de Villa de Vallecas. La policía busca como presunto autor al marido, que tenía una orden de alejamiento y que ya fue detenido en diciembre

 Madrid 16 FEB 2013 - 15:42 CET

Una mujer, Noal Mesleh F. G., de 36 años, se debatía anoche entre la vida y la muerte tras haber recibido varios disparos en plena calle, en el distrito de Villa de Vallecas. La policía busca a su marido, de nombre José Luis y de 38 años, que tenía una orden de alejamiento y que ya fue detenido en diciembre acusado de un delito de malos tratos, según fuentes de la investigación.

Los hechos ocurrieron a las 14.30 en el número 2 de la calle del Cangrejo, junto a la de Cocherón de la Villa, cuando la mujer se dirigía a su casa, que se encuentra a unos 150 metros. "He oído una primera detonación, y he pensado que se trataba de los chavales tirando petardos, pero al poco he escuchado más ruidos y he pensado que no era eso", explicó Juan, el tendero de una tienda de ultramarinos situada frente al lugar del tiroteo.
Justo en ese momento entró una mujer en el comercio y pidió que cerrara la puerta porque un hombre estaba disparando a una mujer. Esta cayó desfallecida entre dos vehículos aparcados junto a unas canchas deportivas. Se quedó inmóvil. "En cuestión de segundos, el hombre se ha subido a la furgoneta y ha salido chirriando ruedas en dirección a la carretera de Vicálvaro", destacó el comerciante, que fue uno de los que avisó por teléfono a los servicios de emergencia. Cuando llegaron los facultativos del SAMUR, le apreciaron al menos seis impactos de bala, que le afectaban principalmente al glúteo derecho, el hemitórax izquierdo y la zona lumbar, entre otras zonas, según informó un portavoz de Emergencias Madrid.
Tras ser estabilizada e intubada, la mujer fue trasladada por los sanitarios con pronóstico crítico al servicio de urgencias del hospital Gregorio Marañón, donde fue intervenida nada más ingresar.
Al lugar del tiroteo acudieron familiares de la mujer tiroteada, que estaban destrozados por lo ocurrido. Fuentes policiales informaron de que José Luis, el supuesto autor de los disparos, se había fugado con el hijo que ambos tenían en común, de seis años. Desde ayer por la tarde lo están buscando ante el riesgo de que pudiera hacer algo al menor.
Algunos vecinos destacaron que la relación entre la pareja era muy mala y que eran frecuentes las discusiones. De hecho, la mujer, administrativa de profesión, le había denunciado por amenazas y malos tratos físicos y psíquicos. José Luis fue detenido el pasado 12 de diciembre y el juez decretó entonces la orden de alejamiento, que incumplió ayer. La mujer se había tenido que marchar a su pueblo de origen, en Cantabria, para evitar problemas. Los propios residentes explicaron que ya estaban en trámites de separación. "En los últimos días estaba muy agresivo y no hacía más que rondar el barrio", explicaron los vecinos de la calle del Cangrejo.
Agentes de la Policía Científica y del Grupo VI de Homicidios acudieron al lugar e inspeccionaron la zona. Ayer mismo cursaron una orden de detención, según fuentes de la investigación.

miércoles, 16 de enero de 2013

Objetivo custodia compartida: sin pensión y con piso


Fuentes jurídicas explicaron que, en la mayoría de los casos, eso permite dejar de pagar pensión de alimentos y elimina la prioridad del custodio para ocupar la antigua vivienda familiar. SIN DUDA (Y CON POCAS EXCEPCIONES) ES LO ÚNICO QUE LES PREOCUPA, EL BIENESTAR DE LOS MENORES LES TRAE AL PAIRO
 
E. B. D. 13/01/2013 | elperiodicodearagon.com
 
La Ley de Custodia Compartida aragonesa comienza a configurarse como una alternativa para la subsistencia de padres separados en tiempos de crisis.
 
Los juzgados de Familia de Zaragoza recibieron el año pasado, con el plazo de revisión que estableció la ley ya vencido, 557 demandas de modificación de medidas de divorcio, buena parte de las cuales solicitaban el cambio de la guarda y custodia exclusiva de los hijos a cargo de uno de los excónyuges por el modelo compartido. Fuentes jurídicas explicaron que, en la mayoría de los casos, eso permite dejar de pagar pensión de alimentos y elimina la prioridad del custodio para ocupar la antigua vivienda familiar.
 
Los tribunales zaragozanos recibieron el año pasado 909 demandas de divorcio con pacto previo de los cónyuges y 360 en las que no existía ese acuerdo.

domingo, 4 de noviembre de 2012

La Asociación Americana de Psiquiatría desestima la inclusión del falso SAP en el DSM5 (catálogo actualizado de trastornos mentales)

Psychiatric group: Parental alienation no disorder

By DAVID CRARY - Associated Press

NEW YORK (AP) - Rebuffing an intensive lobbying campaign, a task force of the American Psychiatric Association has decided not to list the disputed concept of parental alienation in the updated edition of its catalog of mental disorders.
The term conveys how a child's relationship with one estranged parent can be poisoned by the other parent, and there's broad agreement that it sometimes occurs in the context of divorces and child-custody disputes.
However, an acrimonious debate has raged for years over whether the phenomenon should be formally classified as a mental health disorder by the psychiatric association as it updates its Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders for the first time since 1994.
The new manual, known as DSM-5, won't be completed until next year, but the decision against classifying parental alienation as a disorder or syndrome has been made.
"The bottom line _ it is not a disorder within one individual," said Dr. Darrel Regier, vice chair of the task force drafting the manual. "It's a relationship problem _ parent-child or parent-parent. Relationship problems per se are not mental disorders."
Regier and his APA colleagues have come under intense pressure from individuals and groups who believe parental alienation is a serious mental condition that should be formally recognized in the DSM-5. They say this step would lead to fairer outcomes in family courts and enable more children of divorce to get treatment so they could reconcile with an estranged parent.
Among those on the other side of the debate, which has flared since the 1980s, are feminists and advocates for battered women who consider "parental alienation syndrome" to be an unproven and potentially dangerous concept useful to men trying to deflect attention from their abusive behavior.
Some critics of the concept say it's being promoted by psychologists, consultants and others who could profit if parental alienation had a more formal status in family court disputes.
"At its worst, it lines the pockets of both attorneys and expert witnesses by increasing the number of billable hours in a given case," wrote Dr. Timothy Houchin, a University of Kentucky psychiatrist, and three colleagues in an article earlier this year in the Journal of the American Academy of Psychiatry and the Law.

"It creates an entire new level of debate, in which only qualified experts can engage, adding to the already murky waters of divorce testimony," they wrote, arguing that courts could deal with parent/child estrangement without labeling the child as mentally ill.
Advocates of the concept of parental alienation had been braced for a decision by the APA not to classify it as a syndrome or disorder, but held out hope that it would be specifically cited in an appendix as an example of a parent-child relational problem.
Regier, in an e-mail Friday, said this is "very unlikely," even though the final draft of the DSM-5 remains incomplete.
Dr. William Bernet, a professor emeritus of psychiatry at the Vanderbilt University School of Medicine, is editor of a 2010 book making the case that parental alienation should be recognized in the DSM-5. He contends that about 200,000 children in the U.S. are affected by the condition.
Bernet's proposal to the DSM-5 task force defines parental alienation disorder as "a mental condition in which a child, usually one whose parents are engaged in a high conflict divorce, allies himself or herself strongly with one parent, and rejects a relationship with the other parent, without legitimate justification."
In a telephone interview, Bernet contended that the task force had made up its mind based on factors beyond the scientific evidence.
"I think they're being motivated not by the science, but being driven by friendships, by political forces," he said.
Parental alienation surfaced on the pop-culture scene several years ago as a consequence of the bitter divorce and child custody battle involving actors Alec Baldwin and Kim Basinger. Baldwin was assailed by some feminist groups for citing parental alienation syndrome as a source of his estrangement from his daughter.
"The truth is that parental alienation really is a dangerous and cleverly marketed legal strategy that has caused much harm to victims of abuse," said the National Organization for Women amid the controversy.
Bernet, in his proposal to the DSM-5 task force, said he agreed that "in some instances the concept of parental alienation has been misused by abusive parents to hide their behavior."
"However, we strongly disagree with throwing out the baby with the bathwater," he wrote, arguing that such abuse would be curtailed if diagnostic criteria for parental alienation were established.


jueves, 1 de noviembre de 2012

El Supremo ratifica la inhabilitación del exjuez Serrano

Un poco de cordura. ¡Ojalá caigan muchos y muchas más!
 
El magistrado fue condenado por prevaricación al modificar el régimen de visitas de un menor
 
EL PAÍS | 31/10/2012
 
El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad de actuaciones que planteó el exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano contra la sentencia que elevó de dos a 10 años su inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa. El condenado cambió el régimen de visitas de un niño de 11 años para garantizar su salida en una procesión de Semana Santa en 2010. Lo modificó pese a estar establecido por otro juzgado y sin escuchar a la madre.
El alto tribunal, que agravó la condena que previamente le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) —que consideró que los hechos constituían un delito de prevaricación culposa y no dolosa— no admite el incidente de nulidad y lo rechaza como había solicitado el Ministerio Fiscal. El recurso pretendía, como recuerda el auto, reparar situaciones de vulneración de derechos fundamentales e indefensión que no han podido ser denunciadas con anterioridad a la resolución que pone fin al proceso, en este caso la sentencia del Tribunal Supremo.
El exmagistrado planteó para presentarlo tres motivos en los que se vulneró, en su opinión, su derecho a la tutela judicial efectiva. En primer lugar, que cuando la acusación recurrió la primera sentencia, el propio Supremo la consideró "imprecisa". Sostiene el alto tribunal que, en el recurso de casación, la acusación pidió convertir en dolosa la pena por prevaricación. También aclara que aunque debe existir una "correlación" entre lo solicitado por parte y la decisión jurisdiccional, esa correlación "no se extiende a la argumentación".
La Sala de lo Penal de dicho tribunal considera, por tanto, que no se vulneró su derecho de defensa porque pudo, y de hecho lo hizo, "defenderse de la impugnación casacional formalizada por la acusación particular". Es más, conocía el sentido y el alcance de la misma.
Alegó también indefensión al haberle elevado el Supremo la pena sin tomarle declaración. Los magistrados, que rechazan también este motivo, explican que no se hizo una "revalorización" de la prueba, ya que no se modificaron los hechos probados, aunque sí se varió el tipo de prevaricación, lo que aumentó la pena. Por ello se autorizó la presencia del acusado en la vista de casación, lo que le permitió a Serrano sentarse en estrados, junto a su defensa, y expresar lo que le conviniera en el recurso, como así hizo.
El tercer y último motivo tampoco es atendido por la Sala. El exjuez considera que hay una alteración fáctica de los hechos probados entre la sentencia del TSJA y lo que recoge en el fundamento preliminar la del Supremo. El auto deja claro que esa síntesis —que tiene por objeto clarificar la posterior argumentación— no supone una alteración del hecho probado, que "ha sido respetado". No hay "diferencias relevantes", por todo lo que el Supremo no admite el incidente de nulidad.
El exjuez Serrano fue condenado por el Supremo que elevó la pena al no ver "imprudente" su acción. Conocía el caso, que era competencia de otro juzgado y, pese a ello, modificó el permiso sin que hubiera razones de urgencia y necesidad que justificaran tal actuación, según los magistrados. Para el Supremo, Serrano dictó una resolución injusta con "incumplimiento consciente de su deber jurisdiccional", según la sentencia que lo condenó. Dictar una resolución injusta por un funcionario tan cualificado como es el juez, "deja poco espacio a un actuar negligente", argumentaron.

martes, 30 de octubre de 2012

¡ACTÚA! Por un periodismo responsable: NO a la manipulación machista de la sociedad por los medios de comunicación

Porque contribuir a la difusión sistemática de la ideología neomachista, misógina y patriarcal, supone una grave ofensa contra tantas y tantas madres e hijos que están sufriendo maltrato, así como contra tantísimas mujeres que son víctimas cada día de la terrible lacra de la violencia machista (muchas ni siquiera viven para contarlo). Pero no sólo se ha contribuido desde estos medios a la difusión de semejante basura, sino que se ha silenciado a aquellos/as que se han atrevido a alzar la voz para dar a conocer su realidad y su sufrimiento.
 

viernes, 14 de septiembre de 2012

COMUNICADO DE PRENSA CONTRA LA I JORNADA NEOMACHISTA DE "DERECHO" Y "PROTECCIÓN" DEL MENOR: ¡NO A LA APOLOGÍA DEL MALTRATO!

Les hacemos llegar el presente comunicado con el fin de DENUNCIAR la jornada llamada "I Jornada de Derecho y Protección del menor", organizada por Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana y que tendrá lugar el día 15 de septiembre de 2012 en Torrevieja.

Desde esta asociación y con el apoyo de diversas organizaciones sociales, exigimos que no se lleve a cabo por encontrarse entre sus contenidos principales la divulgación de la IMPOSICIÓN de la custodia compartida sin acuerdo de los progenitores y del llamado Síndrome de Alienación Parental.
La imposición de la custodia compartida impuesta por vía judicial, sin acuerdo de los progenitores, perjudica claramente el desarrollo emocional de los menores, tanto por la alternancia de residencia como por la exposición al conflicto. Así lo demuestran los estudios clínicos especializados del ámbito psicológico, obviados deliberadamente, de los que disponemos y que gustosamente les haremos llegar; si bien dichos estudios han sido manipulados hasta la saciedad por las asociaciones de padres.
Los resultados en los pocos países europeos en los que ha llegado a implantarse como medida preferente han sido desastrosos, y han tenido que volver a modificar la ley dadas las CONSECUENCIAS NEGATIVAS EVIDENTES Y GRAVES QUE ESTÁ TENIENDO PARA LOS MENORES; nos referimos, por ejemplo, a países tan cercanos como Francia e Italia. En países socialmente más avanzados, como por ejemplo Suecia, ni siquiera contemplan esa opción de custodia.

Existe una auténtica patología psíquica provocada por la imposición de la custodia compartida, con síntomas tales como:· Sensación de inseguridad· Ansiedad, provocada por una sensación de abandono por carencia de presencia de la madre· Un sentimiento depresivo, con la mirada perdida durante varias horas· Trastornos del sueño· Eccemas.· Falta de apetito· Agresividad· Pérdida de confianza en los adultos

Estos síntomas están directamente ligados con la alteración del desarrollo normal del apego debido a la separación prolongada de la madre y son potenciados enormemente por la conflictividad existente entre los progenitores. Sabemos que estos problemas pueden prolongarse hasta la adolescencia y se encuentran en la edad adulta, bajo la forma de ansiedad y depresión crónicas. Nos enfrentamos a un verdadero problema de salud pública. Como era de esperar, los niños españoles sometidos a esta medida están sufriendo exactamente estos mismos síntomas.

Además, existe una alta correlación entre los casos de violencia machista, bien física o psicológica, y las peticiones de custodia compartida en el juzgado. La custodia compartida, en muchos casos, se está utilizando como una amenaza y como una herramienta más de maltrato. Muchos padres la están solicitando con la única finalidad de seguir castigando a la madre utilizando lo que más le duele, que son sus hijos; o con el fin de ahorrarse la pensión de alimentos o presionar a la madre para que acepte una cantidad menor. Hay asociaciones de padres que hacen auténtica apología del maltrato a la mujer, que cuentan con maltratadores con sentencia firme entre sus filas y que son apoyadas con frecuencia por algunos de los ponentes que participarán en esta jornada.

Asimismo, las madres está sufriendo auténtica coacción en algunos juzgados, incluyendo juicios, pruebas psicosociales y mediación. Se las está silenciando ya que si se muestran contrarias a una custodia compartida impuesta, aunque tengan motivos fundados, se las tacha de “no colaboradoras” o calificativos similares y se les retira la custodia. Esto está provocando que las madres acudan ATERRADAS al proceso.Además, dicha jornada pretende divulgar el falso Síndrome de Alienación Parental.

Este inexistente síndrome fue propuesto por un médico estadounidense, Richard Gadner, en 1985. Dicho síndrome consistía, según Gadner, en un desorden según el cual un niño/a, de forma permanente, denigra e insulta sin justificación a uno de sus progenitores, supuestamente motivado por el otro . Es importante mencionar también, que este señor ha publicado frases a favor de la pederastia como la siguiente: “la pedofilia puede mejorar la supervivencia humana sirviendo a propósitos procreativos”.

Después de veintiséis años, ni la Organización Mundial de la Salud ni la Asociación Americana de Psiquiatría, dos instituciones reguladoradoras de sistemas diagnósticos utilizados en todo el mundo, han reconocido que el SAP exista. Sin embargo, tanto la OMS como la APA han determinado que la alienación parental no existe como entidad clínica objeto de diagnóstico. La falta de reconocimiento de este síndrome proviene de que, en más de veinte años, no existen evidencias empíricas suficientes que apoyen el supuesto síndrome.

Entre los ponentes se encuentran personajes, como por ejemplo D. Julio Bronchal (condenado por malos tratos, y por falsedad documental), que se dedican a hacer negocio cobrando cantidades astronómicas por la elaboración de informes forenses claramente orientados a apartar sistemáticamente a los menores de la figura materna, elaborando sus diagnósticos y afirmaciones sobre la madre sin haber tenido contacto alguno con ella como sujeto de estudio y haciéndose valer del inexistente síndrome de alineación parental, favoreciendo el que los menores sean apartados de una madre en perfecto estado de salud mental para pasar a manos de maltratadores y abusadores sexuales. Básicamente, se podría que se dedican a destrozar la vida de los menores por la módica cantidad de, aproximadamente, 6.000 euros el informe. Estos profesionales sin escrúpulos se han subido al carro del falso SAP, deslegitimizando al CGPJ e ignorando todas los escritos en contra de las organizaciones medicas mundiales para así lucrarse con sus libros e informes de claro corte patriarcal.

Desgraciadamente el falso Sindrome ( Sap, Interferencia parental o cualquier otra denominación encubierta...) se afianza día a día en el circuito judicial Español, entre otras cosas por el apoyo de jornadas como estas, y es utilizado reiteradamente por maltratadores y/o abusadores para su defensa. Las madres no están dando en ningún caso el consentimiento informado para que se les continúe torturando, a ellas y a sus hijos e hijas, con tratamientos/síndromes acientíficos.

Lejos perseguir una supuesta "protección del menor", dicha jornada va a hacer apología de medidas que PONEN A LOS MENORES EN SITUACIÓN DE GRAVE RIESGO, CAUSÁNDOLES DAÑOS IRREVERSIBLES DE LOS QUE HABRÁ QUE EXIGIR LAS RESPONSABILIDADES OPORTUNAS.
Tanto la imposición de la custodia compartida como la aplicación del inexistente SAP, nada tienen que ver con la protección del menor y sí con una ideología que busca la consecución de intereses claramente patriarcales.Por todo lo anteriormente expuesto, consideramos completamente inaceptable y vergonzoso el apoyo y la publicidad de cara a la organización de semejante jornada por parte del Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana, que no tiene otro objetivo que el de diseminar una ideología patriarcal que pisotea y manipula a su antojo y reiteradamente el interés del menor; y asimismo con el fin de mediatizar y manipular el criterio de los profesionales de la psicología. Igualmente vergonzosa y lamentable es la implicación tanto del Ayuntamiento de Torrevieja como de la Generalitat Valenciana. Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS SU TOTAL ANULACIÓN y denunciamos el hecho de que desde estas instituciones públicas, que se supone deben velar por la protección de la integridad de los menores, se estén apoyando y fomentando estas nuevas formas de maltrato, que tanto daño están causando a madres y menores.

Fdo. Asociación Custodia en Positivo

lunes, 6 de agosto de 2012

¡TODO EL MUNDO A COMPRAR "LA PRIMERA BOFETADA"!

Todo el mundo a comprar el libro "La Primera Bofetada"!!!! Que son sólo 1,50 Euros y 50 céntimos van para Custodia en Positivo, que buena falta hacen. Para los/las que no os manejéis con Paypal, podéis enviar un email a info@conocetubarrio.com
y os darán las indicaciones para hacer una transferencia. ¡¡¡Hace mucha falta y además el libro merece la pena!!!

http://librosolidario.blogspot.com.es/


CASOS ASÍ ESTÁN OCURRIENDO (ESTA ES LA "JUSTICIA" DE ALGUNOS JUZGADOS)


  • ‎2010- El padre amenaza con solicitar la custodia compartida
    2010- Por recomendación de la abogada se pone demanda de impago de alimentos
    2010- Ante la persistencia del impago, se pone denuncia por lo penal de impago de alimentos
    2010- El fiscal califica que no hay dolo y se archiva ( hay muchisimas propiedades, negocio propio etc , pero según el fiscal no hay dolo )
    2010- La juez condena a pagar pero jamás se le embarga
    2011-Solicitud custodia compartida impuesta
    2011- Presentación ampliación de la ejecución por impago de alimentos.
    A los 3 meses el secretario dicta un auto diciendo que no ha lugar, que se presente otra demanda ejecutiva.
    Se vuelve a presentar otra demanda ejecutiva, el secretario dicta un auto a los tres meses que no ha lugar, que se presente una ampliación de la ejecución.
    Se vuelve otra vez a presentar una ampliación y el secretario a los tres meses vuelve a dictar otro auto: que no ha lugar que se presente una demanda ejecutiva.
    Pasados 9 meses de semejante cúmulo de incompetencias intencionadas, dicen que ha sido un error y admiten la ampliación de la ejecución.
    2012- Juicio custodia compartida impuesta, a los 3 dias sale la sentencia. CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA
    2012 VERANO- TODAVIA NO SE LE HA EMBARGADO

miércoles, 25 de julio de 2012

Una cruzada sin épica

Carlos Mármol | 22 de julio de 2012 a las 6:06
La inhabilitación del juez Serrano, decidida por el Supremo, ha levantado una polvareda en el mundo jurídico sevillano en la que las opiniones y los prejuicios particulares dejan de lado lo más sagrado en justicia: los hechos.
Una guerra sin héroes. Sin nobleza. Sin caballeros. El Tribunal Supremo, en una sentencia discutida y discutible, ha decidido expulsar de la carrera judicial al magistrado sevillano Francisco Serrano por cometer un delito de prevaricación dolosa al juzgar una petición de parte para alterar el régimen de visitas que dos padres en proceso de separación tenían previamente establecido por un juzgado de violencia de género. La medida, que algunos creen excesiva y otros ajustada a derecho, supone la inhabilitación del magistrado para seguir ocupando el juzgado de familia en el que lleva veinte años impartiendo justicia.
Esta condena, que viene a incrementar la pena que ya le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía –lo condenó a dos años de inhabilitación y pidió en el mismo fallo su indulto–, ha levantado una polvareda en el mundo jurídico de Sevilla. Y se ha traducido en un alud de posicionamientos –a favor y en contra del juez– en el ámbito social. Cosa lógica, teniendo en cuenta la hondísima repercusión que las resoluciones judiciales tienen sobre los asuntos de familia. El aspecto más íntimo de cualquier persona.
El magistrado decidió dar una rueda de prensa a inicios de semana para explicar su propia lectura del fallo judicial. Aseguró sentirse víctima del “lobby de violencia de género” y vivir un infierno desde que fue denunciado por actuar con arbitrariedad en este caso. “Prefiero ser un abogado libre a un juez preso del miedo y de la presión política”, dijo. Un día después, el Foro Judicial Independiente, colectivo al que pertenece el propio Serrano, mostró su “consternación” por la sentencia del Supremo y auguró que “para evitarse problemas los jueces impartirán una justicia defensiva”. Una justicia, según su análisis, “que no moleste al poderoso, quien, a buen seguro, se sentirá enormemente aliviado”.
Habría que preguntarse si un juez es o debe ser libre. No me refiero al ciudadano Serrano, que obviamente cuenta con todos los derechos que otorga la Constitución. Empezando por las libertades de pensamiento y expresión. Es otra cosa. ¿Un magistrado, cualquiera que sea su ideología, su nombre o sus amigos, debe atenerse a los principios éticos de su profesión –regulados en un estatuto– o debe aplicar justicia según aconsejen sus creencias? De eso trata este caso, no del amor a las cofradías –como algunos insisten en entenderlo– ni de la discusión, socialmente pertinente por otra parte, sobre si la actual legislación de violencia de género que rige en España presenta excesos que debieran corregirse.
Tratándose además de un caso de menores, a los que la legislación salvaguarda, lo lógico es que el conflicto que originó el polémico juicio del juez Serrano se hubiera mantenido en el estricto ámbito privado. Así debía de haber sido si no se hubiera elegido amplificar, sin sentido alguno de la prudencia, tan delicado asunto tras forzar una controvertida orden judicial que, según el Supremo, fue dictada de forma arbitraria e injusta y que, desgraciadamente, a buen seguro, a estas alturas ha debido causar quebrantos irreparables probablemente a todas las partes en litigio. Todas.
Serrano ha anunciado que recurrirá al Constitucional y al Tribunal en Estrasburgo en demanda de justicia, que escribirá un libro sobre su causa –las desviaciones de una política de género marcada por lo que llama “el resentimiento femenino”– y ejercerá como letrado en coherencia con su pensamiento. Está en su perfecto derecho. Puede y debe hacerlo.

Cuestión distinta es si se le ha juzgado por sus principios o por su conducta. Su propia valoración de la sentencia da a entender en todo momento que el suyo ha sido un juicio político. Un aquelarre por atreverse a cuestionar un dogma políticamente correcto. Tras leer el fallo judicial, incluido el voto particular de los dos magistrados del Supremo que disienten de la mayoría del tribunal, no parece que estemos ante este supuesto. Ni de lejos.
Presentar el asunto sólo como resultado de los excesos de un sistema judicial incomprensible que castiga con excesivo rigor a un juez que tan sólo quería que un niño saliera en una cofradía es una visión parcial. Interesada. La cuestión, en estos términos, queda desenfocada. El tema de fondo es otro. Se trata de discernir si el juez realmente hizo justicia en este caso o, en cambio, prefirió hacer su justicia. Cosa que es trascendente si se tiene en cuenta que cualquier magistrado administra un poder superlativo. De las decisiones de los jueces dependen el prestigio, la libertad y la hacienda de las personas. Por eso su conducta al aplicar la ley –no en su vida particular– debe ser objeto de evaluación constante.
Poco tienen pues que ver en esta polémica, que ha sacudido muchas sensibilidades, ni el feminismo, al que el magistrado responsabiliza de su castigo, ni las creencias religiosas. Se trata sencillamente de lo más sagrado en el mundo de la justicia: los hechos. Todos ellos están relatados por extenso en el fallo del Supremo –incluido el voto particular que exime al juez de su culpabilidad–, que eleva la pena inicial del TSJA tras analizar los dos recursos de casación presentados por su defensa y la acusación.
De la lectura de la sentencia no se infiere ninguna de las razones alegadas por el juez. Francisco Serrano, como ciudadano, está en su derecho de defender su opinión sobre los excesos de la legislación de género. La ley contra de la violencia de la mujer tiene elementos que deben ser reconsiderados si el sistema legal español pretende ser equilibrado y justo, sobre todo en relación al abuso de denuncias falsas. También parece conveniente regular la custodia compartida para evitar un sinfín de tragedias innecesarias. Con esto se puede estar (o no) de acuerdo. Pero ambas cuestiones tienen poco que ver con los motivos ciertos de la condena al juez. No se le juzga por esto.
¿Cuáles son las razones? Hay que leer el fallo para formarse un juicio propio. El Supremo dice que el juez tuvo un proceder irregular al aceptar una petición de parte que no correspondía a su juzgado, pues estaba adjudicada –por la norma y un acuerdo expreso de la junta de jueces de familia de 2007– a un magistrado distinto. A su despacho acudió la parte demandante para solventar el conflicto tras una respuesta del juzgado competente, según el fallo judicial, que no fue de su agrado.
La causa entró así por una vía que cuando menos se puede calificar de singular al juzgado de Serrano, que asesoró a esta parte (obviando a la contraria), convirtió en procesal una declaración previa al propio proceso (que formalmente todavía no había comenzado ni le había sido asignado), no recabó de forma ortodoxa el dictamen de la Fiscalía y fijó su resolución –con cuyo contenido al parecer hay que estar de acuerdo– sobre la marcha, sin comunicarlo a todos los afectados alegando motivos de urgencia y amparándose en el deseo del menor. Según el Supremo, el juez nunca debió intervenir por carecer de competencias. No fue su único exceso. También llegó a comentar el caso ante la Agencia Efe diciendo que la actitud de una de las partes era fruto de su “visceralidad y resentimiento”, términos que inducen a pensar que tenía un conocimiento extrajudicial de la causa. Un motivo suficiente para quedarse quieto.
El procedimiento, en derecho, es sustancial. Y cualquier fin, incluso loable, no justifica determinados medios. Así lo ven incluso los dos magistrados que discrepan de la condena. Su voto particular explica las razones que asistirían al juez si no hubiera violado el procedimiento: “En los hechos probados se refleja una conducta ante los medios de comunicación incompatible con los deberes que impone la deontología y que merecería ser depurada disciplinariamente”.
Las cruzadas, como todas las guerras absurdas, raramente nos traen victorias honorables. No tienen épica. Sólo dejan víctimas.

martes, 17 de julio de 2012

Demanda a un juez por ponerle trabas para hablar con su hijo


ElCorreoWeb | Sevilla | 09/07/2012

La madre fue avisada 24 horas antes de que le anulaban una llamada porque el niño estaba de viaje.

Sólo puede comunicarse con su hijo dos veces por semana, por teléfono y bajo la supervisión del punto de encuentro, desde que fue localizada tras fugarse con su hijo para no entregarle la custodia al padre , que había sido condenado por maltrato. Ahora, la madre se ha querellado contra el magistrado que lleva su caso por prevaricación judicial, por haber suspendido 24 horas antes y "sin consultar" con ella una de las llamadas porque el menor estaría fuera de España con el padre.
La querella, que ha sido elevada al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se dirige contra el magistrado de Violencia contra la Mujer número 2, Francisco Gutiérrez. No es la primera vez que presentan una querella contra este juez, ya que el abuelo del menor, Francisco Pulido, ya lo hizo hace un año por el mismo delito después de que cambiara el régimen de custodia en favor del padre, aunque la denuncia no prosperó y fue archivada. El cambio de custodia se produjo después de que la mujer fuera localizada por la Policía Nacional junto al menor, hechos por los que la mujer sólo mantiene con el niño dos conversaciones telefónicas a la semana, los miércoles y los sábados, controladas por el punto de encuentro.

Según consta en la querella, el pasado 24 de abril el abogado de la madre recibió "por la tarde un fax" en su despacho en el que "se acordaba la suspensión de las llamadas telefónicas", después de que ese mismo día el abogado del padre comunicara al juzgado que el menor estaría el día 25 de abril, en el que le tocaba hablar con la madre, fuera de España, en concreto en Francia. "Es decir, que se suspendía la comunicación, de manera unilateral, sin contar ni tan sólo con el conocimiento de mi mandante", añade.

El letrado de la madre solicitó entonces al magistrado que el padre del niño acreditara dicho viaje con documentación. Una vez recibidos los justificantes, según la querella, estos indican que "desde el día 29 de febrero de 2012 se había hecho la reserva y se tenía constancia de dicho viaje, pero no es sino 24 horas antes, y cuando ya el menor estaba fuera del país, cuando su señoría acuerda la suspensión, y ello en base a un escrito que no aporta justificación alguna", añade el abogado en su demanda. No obstante, en la propia documentación que el letrado aporta se recoge el escrito del padre en el que consta como fecha del mismo el 23 de abril de 2012.

Por todo ello, el abogado de la madre considera que el magistrado ha incurrido en un delito de prevaricación judicial, porque "es claro el ánimo de que adopta una decisión injusta, pero, para castigar a mandante por su desobediencia", asegurando que se trata de una decisión "adoptada por motivos ajenos a la función judicial". Además, reclama que hasta que se resuelva la querella el juez "se inhiba de conocer o adoptar medida alguna" con respecto a la madre del menor.

jueves, 12 de julio de 2012

El Supremo agrava la pena al juez Serrano por prevaricación intencionada

Le condena a 10 años de inhabilitación por prevaricación intencionada
Implica la pérdida definitiva de su condición de juez
Además, le impone una multa de 2.160 euros

María Peral | Madrid Actualizado jueves 12/07/2012 12:50 horas
La Sala Penal del Tribunal ha aumentado la condena impuesta al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por alterar el régimen de visitas de un menor para que asistiese a una procesión, sin siquiera oír a la madre, a la que correspondía tener al niño, y sin tener la competencia legal para resolver.
Por tres votos contra dos, el Alto Tribunal ha elevado a 10 años de inhabilitación especial para la función judicial la condena a Serrano, lo que implica la perdida definitiva de su condición de juez.
Además de aumentar en ocho años a inhabilitación, el Supremo le impone una multa de 2.160 euros. La decisión del Alto Tribunal cuenta con un voto particular discrepante del magistrado Francisco Monterde, al que se adhiere Antonio del Moral, al considerar que la decisión de Serrano de modificar el turno de custodia se podría haber razonado más pero no es injusta.

El Supremo prolongó el pasado 15 de junio 30 días el plazo para dictar sentencia sobre la inhabilitación de dos años impuesta al juez debido a la "complejidad de la causa".
El juez fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación, por haber modificado el régimen de visitas de unos padres divorciados, para que el hijo pudiera salir en una cofradía de la Madrugada en Sevilla en 2010.

Serrano fue condenado a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa (negligente, no intencionada), al pago de las costas y a una indemnización a la madre del menor por 4.000 euros. La sentencia, no obstante, lo absolvió de un delito de prevaricación dolosa (intencionada) pues no buscó lesionar ningún derecho "a sabiendas".