martes, 31 de julio de 2012

Rechazan dar a un padre la custodia compartida porque los hijos prefieren estar con la madre

Tribunal Superior de Justicia de Aragón

Efe. Zaragoza| 30/07/2012 a las 18:30   

Los menores expresaron que su relación era "buena" con ambos progenitores pero que deseaban seguir bajo custodia de la madre.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rechazado conceder a un padre la custodia compartida de sus dos hijos menores de edad tras valorar el deseo de éstos de continuar bajo la tutela de la madre a pesar de llevarse bien con ambos progenitores.

La sentencia, hecha pública por el TSJA, argumenta que aunque la custodia compartida debe ser considerada como la opción "preferente" a la hora de producirse una separación o divorcio de una pareja, no es óbice para otorgarla en ocasiones a un solo progenitor cuando sea ésta la alternativa mejor para los hijos.

Para los magistrados, "solo en caso de que esté claramente acreditado que la prevalencia del interés general del menor se satisface mejor con la custodia individual que con la compartida es cuando podrá ordenarse judicialmente la inaplicación de la norma general de preferencia".

En el caso enjuiciado, el tribunal estima que tanto el juzgado de primera instancia que decidió mantener la custodia en la madre como posteriormente la Audiencia Provincial de Zaragoza que lo confirmó, valoraron tanto los informes psicosociales de los expertos como la opinión de los dos hijos.

Ambos menores, que tenían 10 y 12 años en el momento de revisarse el caso ante la Audiencia de Zaragoza, el pasado mes de febrero, expresaron "con juicio y madurez", a juicio del tribunal, que su relación era "buena" con ambos progenitores pero que deseaban seguir bajo custodia de la madre.

Unos meses antes, en septiembre de 2011, el Juzgado de Primera Instancia número seis de la capital aragonesa había rechazado la petición del padre de custodia compartida, en una sentencia en la que, sin embargo, decidía ampliar el régimen de visitas a su favor.

La representación legal del padre decidió recurrir ambas sentencias ante el TSJA al entender que se había incumplido la legislación civil aragonesa, que da carácter preferente a la custodia compartida.

Los magistrados de este tribunal objetan, no obstante, que los jueces podrán optar por la custodia individual cuando sea "más conveniente" para los menores, pero siempre que se justifique "adecuadamente" esta opción mediante la opinión de expertos o a través del testimonio de los propios hijos.

El TSJA rechaza los argumentos del padre en el sentido de que durante la tramitación del proceso no se practicó prueba alguna para acreditar como "más conveniente" la custodia individual ni se atendió la voluntad de los menores, y aseguran que las pruebas practicadas en anteriores instancias judiciales "tendieron a conocer lo que era realmente más beneficioso para los hijos".

miércoles, 25 de julio de 2012

Una cruzada sin épica

Carlos Mármol | 22 de julio de 2012 a las 6:06
La inhabilitación del juez Serrano, decidida por el Supremo, ha levantado una polvareda en el mundo jurídico sevillano en la que las opiniones y los prejuicios particulares dejan de lado lo más sagrado en justicia: los hechos.
Una guerra sin héroes. Sin nobleza. Sin caballeros. El Tribunal Supremo, en una sentencia discutida y discutible, ha decidido expulsar de la carrera judicial al magistrado sevillano Francisco Serrano por cometer un delito de prevaricación dolosa al juzgar una petición de parte para alterar el régimen de visitas que dos padres en proceso de separación tenían previamente establecido por un juzgado de violencia de género. La medida, que algunos creen excesiva y otros ajustada a derecho, supone la inhabilitación del magistrado para seguir ocupando el juzgado de familia en el que lleva veinte años impartiendo justicia.
Esta condena, que viene a incrementar la pena que ya le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía –lo condenó a dos años de inhabilitación y pidió en el mismo fallo su indulto–, ha levantado una polvareda en el mundo jurídico de Sevilla. Y se ha traducido en un alud de posicionamientos –a favor y en contra del juez– en el ámbito social. Cosa lógica, teniendo en cuenta la hondísima repercusión que las resoluciones judiciales tienen sobre los asuntos de familia. El aspecto más íntimo de cualquier persona.
El magistrado decidió dar una rueda de prensa a inicios de semana para explicar su propia lectura del fallo judicial. Aseguró sentirse víctima del “lobby de violencia de género” y vivir un infierno desde que fue denunciado por actuar con arbitrariedad en este caso. “Prefiero ser un abogado libre a un juez preso del miedo y de la presión política”, dijo. Un día después, el Foro Judicial Independiente, colectivo al que pertenece el propio Serrano, mostró su “consternación” por la sentencia del Supremo y auguró que “para evitarse problemas los jueces impartirán una justicia defensiva”. Una justicia, según su análisis, “que no moleste al poderoso, quien, a buen seguro, se sentirá enormemente aliviado”.
Habría que preguntarse si un juez es o debe ser libre. No me refiero al ciudadano Serrano, que obviamente cuenta con todos los derechos que otorga la Constitución. Empezando por las libertades de pensamiento y expresión. Es otra cosa. ¿Un magistrado, cualquiera que sea su ideología, su nombre o sus amigos, debe atenerse a los principios éticos de su profesión –regulados en un estatuto– o debe aplicar justicia según aconsejen sus creencias? De eso trata este caso, no del amor a las cofradías –como algunos insisten en entenderlo– ni de la discusión, socialmente pertinente por otra parte, sobre si la actual legislación de violencia de género que rige en España presenta excesos que debieran corregirse.
Tratándose además de un caso de menores, a los que la legislación salvaguarda, lo lógico es que el conflicto que originó el polémico juicio del juez Serrano se hubiera mantenido en el estricto ámbito privado. Así debía de haber sido si no se hubiera elegido amplificar, sin sentido alguno de la prudencia, tan delicado asunto tras forzar una controvertida orden judicial que, según el Supremo, fue dictada de forma arbitraria e injusta y que, desgraciadamente, a buen seguro, a estas alturas ha debido causar quebrantos irreparables probablemente a todas las partes en litigio. Todas.
Serrano ha anunciado que recurrirá al Constitucional y al Tribunal en Estrasburgo en demanda de justicia, que escribirá un libro sobre su causa –las desviaciones de una política de género marcada por lo que llama “el resentimiento femenino”– y ejercerá como letrado en coherencia con su pensamiento. Está en su perfecto derecho. Puede y debe hacerlo.

Cuestión distinta es si se le ha juzgado por sus principios o por su conducta. Su propia valoración de la sentencia da a entender en todo momento que el suyo ha sido un juicio político. Un aquelarre por atreverse a cuestionar un dogma políticamente correcto. Tras leer el fallo judicial, incluido el voto particular de los dos magistrados del Supremo que disienten de la mayoría del tribunal, no parece que estemos ante este supuesto. Ni de lejos.
Presentar el asunto sólo como resultado de los excesos de un sistema judicial incomprensible que castiga con excesivo rigor a un juez que tan sólo quería que un niño saliera en una cofradía es una visión parcial. Interesada. La cuestión, en estos términos, queda desenfocada. El tema de fondo es otro. Se trata de discernir si el juez realmente hizo justicia en este caso o, en cambio, prefirió hacer su justicia. Cosa que es trascendente si se tiene en cuenta que cualquier magistrado administra un poder superlativo. De las decisiones de los jueces dependen el prestigio, la libertad y la hacienda de las personas. Por eso su conducta al aplicar la ley –no en su vida particular– debe ser objeto de evaluación constante.
Poco tienen pues que ver en esta polémica, que ha sacudido muchas sensibilidades, ni el feminismo, al que el magistrado responsabiliza de su castigo, ni las creencias religiosas. Se trata sencillamente de lo más sagrado en el mundo de la justicia: los hechos. Todos ellos están relatados por extenso en el fallo del Supremo –incluido el voto particular que exime al juez de su culpabilidad–, que eleva la pena inicial del TSJA tras analizar los dos recursos de casación presentados por su defensa y la acusación.
De la lectura de la sentencia no se infiere ninguna de las razones alegadas por el juez. Francisco Serrano, como ciudadano, está en su derecho de defender su opinión sobre los excesos de la legislación de género. La ley contra de la violencia de la mujer tiene elementos que deben ser reconsiderados si el sistema legal español pretende ser equilibrado y justo, sobre todo en relación al abuso de denuncias falsas. También parece conveniente regular la custodia compartida para evitar un sinfín de tragedias innecesarias. Con esto se puede estar (o no) de acuerdo. Pero ambas cuestiones tienen poco que ver con los motivos ciertos de la condena al juez. No se le juzga por esto.
¿Cuáles son las razones? Hay que leer el fallo para formarse un juicio propio. El Supremo dice que el juez tuvo un proceder irregular al aceptar una petición de parte que no correspondía a su juzgado, pues estaba adjudicada –por la norma y un acuerdo expreso de la junta de jueces de familia de 2007– a un magistrado distinto. A su despacho acudió la parte demandante para solventar el conflicto tras una respuesta del juzgado competente, según el fallo judicial, que no fue de su agrado.
La causa entró así por una vía que cuando menos se puede calificar de singular al juzgado de Serrano, que asesoró a esta parte (obviando a la contraria), convirtió en procesal una declaración previa al propio proceso (que formalmente todavía no había comenzado ni le había sido asignado), no recabó de forma ortodoxa el dictamen de la Fiscalía y fijó su resolución –con cuyo contenido al parecer hay que estar de acuerdo– sobre la marcha, sin comunicarlo a todos los afectados alegando motivos de urgencia y amparándose en el deseo del menor. Según el Supremo, el juez nunca debió intervenir por carecer de competencias. No fue su único exceso. También llegó a comentar el caso ante la Agencia Efe diciendo que la actitud de una de las partes era fruto de su “visceralidad y resentimiento”, términos que inducen a pensar que tenía un conocimiento extrajudicial de la causa. Un motivo suficiente para quedarse quieto.
El procedimiento, en derecho, es sustancial. Y cualquier fin, incluso loable, no justifica determinados medios. Así lo ven incluso los dos magistrados que discrepan de la condena. Su voto particular explica las razones que asistirían al juez si no hubiera violado el procedimiento: “En los hechos probados se refleja una conducta ante los medios de comunicación incompatible con los deberes que impone la deontología y que merecería ser depurada disciplinariamente”.
Las cruzadas, como todas las guerras absurdas, raramente nos traen victorias honorables. No tienen épica. Sólo dejan víctimas.

PSOE pide al Gobierno un informe sobre la custodia compartida de hijos en caso de divorcio antes de presentar nueva ley

Sólo un 10% considera que es la mejor opción

MADRID, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -



La portavoz del PSOE en materia de Igualdad, Carmen Montón, ha registrado en el Congreso una proposición no de ley, en la que pide al Gobierno la elaboración de un informe sobre la situación de la custodia compartida en España, en aquellos casos en los que los padres deciden divorciarse o separarse, antes de que el Ejecutivo presente en la Cámara Baja una normativa sobre la materia.
Fue el ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, el que a finales de junio se comprometió en el Congreso, a instancias de una iniciativa de UPyD, a presentar una ley nacional, antes de finalizar 2012, sobre custodia compartida, donde se primara por encima de todo el interés del menor.
Así, la parlamentaria socialista recuerda que la custodia compartida está establecida en la legislación española desde 2005 e insiste al Ejecutivo en que no es necesario por ello emprender una nueva legislación, sino aplicar el régimen legal vigente en la materia, a través de una proposición no de ley para su debate en la Comisión de Igualdad del Congreso.

Por ello, en esta iniciativa insta al Ejecutivo a elaborar un informe sobre la aplicación e impacto de la reforma de la Ley de 2005, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio y sus efectos en el régimen legal de guarda y custodia de los hijos, ofreciendo datos desglosados referidos a la aplicación de cada una de las previsiones contempladas, así como la evaluación de su implementación, con la finalidad de fortalecer el ejercicio de la custodia compartida en situaciones de corresponsabilidad y en interés del menor.
Además, quiere que se remita dicho informe a la Comisión de Igualdad del Congreso, antes de la tramitación de la normativa que, de conformidad con la Moción sobre custodia compartida aprobada en el Pleno del Congreso de los Diputados del pasado 21 de junio de 2012 deba presentarse, con el fin de analizar y elaborar las propuestas que corresponda emitir en dicha Comisión, tras la celebración de las oportunas compa recencias de autoridades y organizaciones sociales especializadas en dicho ámbito.

NO SIEMPRE LA CUSTODIA ES PARA LAS MADRES

En este sentido, Montón pone de manifiesto que no son ciertas las afirmaciones que atribuyen a los efectos de la actual normativa, el que la custodia se otorgue a las madres. A su juicio, existe un dato relevante en la realidad de la custodia compartida que se relaciona con el hecho de que el mutuo acuerdo, es decir, cuando son el padre y la madre conjuntamente los que deciden qué es lo mejor para sus hijos, se da únicamente en el 10 por ciento de los casos, cuando se acuerda la custodia compartida.

No obstante, si no hay mutuo acuerdo, indica la socialista que la legislación en vigor permite que si uno de los progenitores lo pide, la guarda y custodia pueda serle otorgada siempre que exista informe favorable del fiscal al respecto, previa consulta con profesionales especializados y consultando al menor si procede, siendo finalmente el juez el que decide, bajo la garantía de asegurar, en todo caso, el interés superior del menor.

Igualmente, señala que otra de las cuestiones que se convinieron en dicho debate es el que se relaciona con el falso debate de la igualdad, porque ni los menores deben ser utilizados como un instrumento para la igualdad, ni el hecho de imponer la custodia compartida puede enfocarse como un elemento de conciliación.

De hecho, apunta que la realidad contrastada por los datos del Ministerio de Igualdad pone en evidencia que, en España, son todavía casi en exclusiva las madres (entre el 90 por ciento y el 97 por ciento de los casos) quienes solicitan la ocupación a tiempo parcial para el cuidado de los hijos, la excedencia laboral por el mismo motivo, o el permiso de maternidad en su totalidad.

El impago de pensiones a los hijos en caso de divorcio será considerado violencia de género

Una nueva ley castiga el acoso sexual y amplía el concepto de agresor al no ser necesaria relación de pareja

informacion.es | 09/06/2012 |

El impago de pensiones a los hijos en caso de divorcio será considerado violencia de género

El Consell aprobó ayer el proyecto de Ley Integral contra la Violencia sobre la mujer, una nueva norma que ampara no solo a las mujeres víctimas sino también a sus hijos, y que, entre otras novedades considerará el impago de las pensiones alimenticias en caso de divorcios como violencia de género. También se establece un fondo de emergencias para atender las necesidades más urgentes de las mujeres afectadas. El plan fue explicado ayer en la rueda de prensa posterior a la reunión del pleno del Consell por el titular de Justicia, Jorge Cabré.

La ley contiene novedades como incluir en la concepción de violencia de género todo comportamiento de acción u omisión por el que el hombre inflige a la mujer daños físicos, sexuales o psicológicos por el hecho de pertenecer al sexo femenino, así como las amenazas, la coacción o la privación de libertad. La violencia, según esta ley, puede ser psicológica, física, psicológica y sexual, pero también económica. Así el impago de las pensiones o impedir a la mujer en una separación que disfrute con autonomía de su patrimonio también será percibido violencia de género. La ampliación del concepto de violencia de género tiene consecuencias directas desde el punto de vista procedimental y también penal.

El proyecto recoge también como víctimas no sólo a las mujeres o niñas, sino también a los hijos menores y a las personas sujetas a tutela o acogimiento que sufran cualquier perjuicio como consecuencia de la agresión. Además, también se amplía el concepto de agresor, de tal manera que lo será cualquier hombre que agrede a una mujer, al margen de su relación con ella. Incluye, según explicó el conseller, la violencia ejercida por hijos, amigos o empresarios. De esta forma el acoso sexual en el trabajo también será concebido como violencia de género. El Consell también ha incorporado al texto una referencia a las prácticas culturales o religiosas que perjudican a la mujer, como las mutilaciones genitales o los matrimonios por obligación, así como la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Otra de las novedades más importantes se refiere a la creación de un fondo de emergencias para atención urgente a las mujeres.

ESOS NIÑOS QUE NOS VAIS MATANDO...

http://www.libertaddigital.com/opinion/francisco-perez-abellan/esos-ninos-que-nos-vais-matando-65082/

viernes, 20 de julio de 2012

Organizaciones feministas proponen al Parlamento canario que la custodia compartida no sea impuesta por la justicia

Critican la campaña de "desinformación" desarrollada por los colectivos que defienden el cambio legislativo

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 17 (EUROPA PRESS) 17/07/2012 00:03 | lainformacion.com


Representantes de las organizaciones agrupadas en el Foro contra la Violencia de Género y en la Plataforma de Acción Feminista Canaria se han reunido con el Grupo Nacionalista Canario y el Grupo Mixto en el Parlamento de Canarias para proponer un pronunciamiento de la Cámara a favor de mantener la actual regulación legal en los casos de procedimientos de guarda, custodia y alimentos de hijos extramatrimoniales, separación o divorcio.
En concreto, solicitan que el modelo de custodia compartida siga dependiendo de las necesidades de los niños --en función de cada situación familiar-- y no haya un modelo preferente de custodia impuesta judicialmente.
Estas organizaciones, que también se han dirigido a cabildos y ayuntamientos, informaron a los grupos parlamentarios sobre la campaña de recogida de adhesiones asociativas y de firmas personales dirigidas al ministro Gallardón para el mantenimiento de la actual legislación. De hecho, han indicado que es la primera vez que una propuesta de movilización política de los grupos feministas del Estado sale desde Canarias hacia el resto de las comunidades autónomas.
En este sentido, han criticado la campaña de "desinformación" desarrollada por los colectivos que defienden un cambio legislativo para que la custodia compartida sea impuesta judicialmente como modelo preferente. Igualmente, han denunciado la actitud "poco responsable" con los derechos de los menores del Gobierno del Estado tras el anuncio hecho por el ministro Gallardón en el sentido de aceptar dicha modificación del Código Civil vigente.
Las organizaciones argumentaron que el actual ordenamiento ya establece la posibilidad de que los padres y madres compartan las labores de crianza de los menores una vez se ha disuelto el vínculo conyugal o sentimental, en caso de acuerdo o sin éste, puesto que el juez o jueza puede acordar la custodia compartida con informes de fiscalía y de acuerdo con el interés del o la menor.
También explicaron que se estima como la situación más beneficiosa para el niño, siempre y cuando permita un adecuado desarrollo integral del menor. "Podrá adoptarse dicha medida cuando los progenitores reúnan condiciones similares de disponibilidad para el cuidado de los hijos, con respuesta positiva de éstos, siendo requisito, entre otros, que vivan cerca para facilitar los cambios de vivienda sin que perjudique a las relaciones sociales del o la menor (escolares, de amistades, actividades)", añadieron.

MENOS DEL 8%
Según el informe aportado por la Plataforma y el Foro, "no es cierto que se esté denegando sistemáticamente la custodia a los hombres, simplemente no se concede lo que no se pide". Es más, aseguran que las cifras indican que las sentencias de custodia compartida se solicitan en "muy pocos casos", pues, según los estudios consultados, no llegan al 8 por ciento los padres que lo solicitan.
Los colectivos argumentan que introducir una modificación a favor de la custodia compartida impuesta judicialmente "no aportará mejoras a la convivencia social y sí perjuicios a los derechos de los y las menores". "Creemos que las razones que inducen a exigir cambios en esta materia se relaciona con cuestiones que no tienen que ver con el supremo interés del menor, y se basa en los problemas económicos de los progenitores y no en los problemas afectivos y educativos de los hijos".
En el transcurso de la reunión también se valoró el hecho de que Save the Children se haya pronunciado por el mantenimiento del modelo de custodia vigente hasta hoy como garantía de la mejor forma de proteger los derechos de los hijos. "Y que las experiencias europeas de custodia compartida impuesta judicialmente están provocando un elevadísimo nivel de conflictividad familiar y daño a los niños", denunciaron las organizaciones.
"No estamos en contra del modelo de custodia compartida pero sí rechazamos que sea la única alternativa y que se imponga frente a la negativa de una de las partes", añadieron la Plataforma y el Foro, que apuestan por "una coparentalidad responsable que garantice el bienestar de los menores antes y después de una separación".
                              
                       

martes, 17 de julio de 2012

Demanda a un juez por ponerle trabas para hablar con su hijo


ElCorreoWeb | Sevilla | 09/07/2012

La madre fue avisada 24 horas antes de que le anulaban una llamada porque el niño estaba de viaje.

Sólo puede comunicarse con su hijo dos veces por semana, por teléfono y bajo la supervisión del punto de encuentro, desde que fue localizada tras fugarse con su hijo para no entregarle la custodia al padre , que había sido condenado por maltrato. Ahora, la madre se ha querellado contra el magistrado que lleva su caso por prevaricación judicial, por haber suspendido 24 horas antes y "sin consultar" con ella una de las llamadas porque el menor estaría fuera de España con el padre.
La querella, que ha sido elevada al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se dirige contra el magistrado de Violencia contra la Mujer número 2, Francisco Gutiérrez. No es la primera vez que presentan una querella contra este juez, ya que el abuelo del menor, Francisco Pulido, ya lo hizo hace un año por el mismo delito después de que cambiara el régimen de custodia en favor del padre, aunque la denuncia no prosperó y fue archivada. El cambio de custodia se produjo después de que la mujer fuera localizada por la Policía Nacional junto al menor, hechos por los que la mujer sólo mantiene con el niño dos conversaciones telefónicas a la semana, los miércoles y los sábados, controladas por el punto de encuentro.

Según consta en la querella, el pasado 24 de abril el abogado de la madre recibió "por la tarde un fax" en su despacho en el que "se acordaba la suspensión de las llamadas telefónicas", después de que ese mismo día el abogado del padre comunicara al juzgado que el menor estaría el día 25 de abril, en el que le tocaba hablar con la madre, fuera de España, en concreto en Francia. "Es decir, que se suspendía la comunicación, de manera unilateral, sin contar ni tan sólo con el conocimiento de mi mandante", añade.

El letrado de la madre solicitó entonces al magistrado que el padre del niño acreditara dicho viaje con documentación. Una vez recibidos los justificantes, según la querella, estos indican que "desde el día 29 de febrero de 2012 se había hecho la reserva y se tenía constancia de dicho viaje, pero no es sino 24 horas antes, y cuando ya el menor estaba fuera del país, cuando su señoría acuerda la suspensión, y ello en base a un escrito que no aporta justificación alguna", añade el abogado en su demanda. No obstante, en la propia documentación que el letrado aporta se recoge el escrito del padre en el que consta como fecha del mismo el 23 de abril de 2012.

Por todo ello, el abogado de la madre considera que el magistrado ha incurrido en un delito de prevaricación judicial, porque "es claro el ánimo de que adopta una decisión injusta, pero, para castigar a mandante por su desobediencia", asegurando que se trata de una decisión "adoptada por motivos ajenos a la función judicial". Además, reclama que hasta que se resuelva la querella el juez "se inhiba de conocer o adoptar medida alguna" con respecto a la madre del menor.

sábado, 14 de julio de 2012

LA PRIMERA BOFETADA , libro solidario, contra la violencia y la custodia compartida impuesta ( Asociación Custodia en Positivo )


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viernes, 13 de julio de 2012

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Los inconvenientes de la Custodia Compartida

En muchos países se está produciendo un debate intenso sobre la custodia compartida. Las leyes de custodia han cambiado frecuentemente en la última década, en una escalada hacia un tiempo compartido del menor con cada progenitor al 50%. Esta escalada se ha producido por la insistente presión a los políticos, de grupos defensores de los derechos del padre, que han presentado a gobiernos y sociedad la custodia compartida como opción preferente, y panacea del Interés Superior del Menor.

Pero la amplia experiencia de algunos países con esta disposición post divorcio, y las abundantes y cualificadas investigaciones sobre las consecuencias de ella en los menores, han demostrado que imponer este modelo como deseable para toda la población, es muy dañino para muchos niños y muchas familias separadas.
En esta obra se hace un recorrido por la evolución de la custodia a través del tiempo y del espacio. Se puede vislumbrar una clara rectificación de los legisladores, que empiezan a tener en cuenta los hallazgos de las ciencias sociales y de la experiencia de otros países. Se presentan aquí los mejores trabajos de investigación sobre custodia compartida e Interés Superior del Menor.
¡Aprendamos de la ciencia y la experiencia, y no hagamos experimentos a costa del bienestar de la infancia!

jueves, 12 de julio de 2012

El Supremo agrava la pena al juez Serrano por prevaricación intencionada

Le condena a 10 años de inhabilitación por prevaricación intencionada
Implica la pérdida definitiva de su condición de juez
Además, le impone una multa de 2.160 euros

María Peral | Madrid Actualizado jueves 12/07/2012 12:50 horas
La Sala Penal del Tribunal ha aumentado la condena impuesta al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por alterar el régimen de visitas de un menor para que asistiese a una procesión, sin siquiera oír a la madre, a la que correspondía tener al niño, y sin tener la competencia legal para resolver.
Por tres votos contra dos, el Alto Tribunal ha elevado a 10 años de inhabilitación especial para la función judicial la condena a Serrano, lo que implica la perdida definitiva de su condición de juez.
Además de aumentar en ocho años a inhabilitación, el Supremo le impone una multa de 2.160 euros. La decisión del Alto Tribunal cuenta con un voto particular discrepante del magistrado Francisco Monterde, al que se adhiere Antonio del Moral, al considerar que la decisión de Serrano de modificar el turno de custodia se podría haber razonado más pero no es injusta.

El Supremo prolongó el pasado 15 de junio 30 días el plazo para dictar sentencia sobre la inhabilitación de dos años impuesta al juez debido a la "complejidad de la causa".
El juez fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación, por haber modificado el régimen de visitas de unos padres divorciados, para que el hijo pudiera salir en una cofradía de la Madrugada en Sevilla en 2010.

Serrano fue condenado a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa (negligente, no intencionada), al pago de las costas y a una indemnización a la madre del menor por 4.000 euros. La sentencia, no obstante, lo absolvió de un delito de prevaricación dolosa (intencionada) pues no buscó lesionar ningún derecho "a sabiendas".

Lejos de la conciliación y de compartir las responsabilidades familiares


Sólo uno de cada siete hombres dedica el mismo tiempo que las mujeres al cuidado de sus hijos en Euskadi

Sólo uno de cada siete hombres ocupados dedica el mismo tiempo al cuidado de sus hijos que las mujeres en la misma situación laboral, según la Encuesta sobre la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal hecha pública este lunes por el Instituto Vasco de Estadística, Eustat.
Sólo uno de cada siete hombres ocupados dedica el mismo tiempo al cuidado de sus hijos que las mujeres en la misma situación laboral, según la Encuesta sobre la Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal hecha pública este lunes por el Instituto Vasco de Estadística, Eustat.
En función de este estudio, el 48,8 por ciento de las mujeres ocupadas con hijos menores de 15 años, además de su dedicación al trabajo remunerado, destinan también cinco horas o más al día al cuidado de los menores. Por su parte, el 49 por ciento de los hombres ocupados destina dos o menos horas a atender a sus hijos.
El 13,5 por ciento de los hombres iguala a las mujeres en dedicación y, en conjunto, mientras que los hombres emplean de media 2,8 horas diarias al cuidado de los menores, las mujeres destinan 4,7.
La desigualdad es más profunda en el reparto de tareas domésticas ya que el 90,8 por ciento de los hombres dedica dos o menos horas a estos trabajos y el 32,2 por ciento de las mujeres emplean tres o más.
Como consecuencia, el grado de satisfacción con el tiempo que se dispone para la vida personal, el ocio o la formación es menor en el colectivo femenino, de manera que algo más de una de cada cinco mujeres se declaran insatisfechas, frente a menos de uno de cada seis varones. Esta baja satisfacción se concentra en las edades en que se está formando la familia, de los 35 a 44 años, aunque disminuye después de esa edad.
Una de cada seis mujeres ocupadas se declara "muy insatisfecha" con la labor de su pareja en la realización de tareas domésticas. Por el contrario, más del 80 por ciento de los hombres están "muy satisfechos" con la realización del trabajo de casa realizado por su pareja.
Las mujeres trabajadoras expresan una mayor satisfacción con el cuidado de su descendencia -un 55,2% la califica de alta- e incluso con las tareas del hogar -el 49,3% declara también una alta satisfacción- que los varones ocupados, con tasas de un 43,2 y un 45,9 por ciento, respectivamente.
Dificultades para compaginar
Una de cada cuatro personas ocupadas en Euskadi afirma tener muchas dificultades para compaginar trabajo con el cuidado de menores y con actividades personales, una situación que se repite en el 25,6 por ciento de los ocupados con familiares dependientes a su cargo.
A su vez, al 23,3 por ciento de las personas trabajadoras el tiempo que dedican al trabajo remunerado también le dificulta altamente la realización de gestiones burocráticas y hasta casi uno de cada cinco declaran que sólo con mucha dificultad pueden realizar tareas domésticas.
La encuesta indica que el personal empleador y los autónomos presentan niveles sensiblemente mayores de impedimentos que el resto del personal ocupado para compaginar vida laboral y familiar. Un 28,9 por ciento de los primeros y un 36,3 por ciento de los segundos confiesan muchas dificultades para atender a hijos menores y alrededor de un tercio también tienen muy difícil dedicar tiempo a actividades meramente personales o a participar en las tareas domésticas.
El grado de dificultad que expresa la población ocupada de Euskadi para compaginar trabajo remunerado y vida personal y familiar alcanza los 3,8 puntos sobre un máximo de 10 (siendo diez la imposibilidad total para la conciliación). Bizkaia se sitúa en la media, Álava presenta el menor grado de dificultad con 2,9 puntos, mientras que Gipuzkoa presenta el más elevado, con una puntuación de 4,2.
En los hogares en los que ambos miembros de la pareja trabajan o en los monopaternales, cuando el cuidado de los menores queda fuera de la jornada laboral del padre o la madre, en el 77 por ciento de las ocasiones son ambos los que se encargan de los hijos. Sólo en el 1,6 por ciento de estos casos se ocupa el padre del cuidado, mientras que las ocasiones en las que los cuidados recaen sobre la madre asciende al 11,1 por ciento.
Durante la jornada laboral y fuera del horario escolar, en el 52 por ciento de los casos son familiares o personas sin remuneración quienes se encargan principalmente del cuidado de los menores, en el 22,4 por ciento son ambos miembros de la pareja quienes se dedican al cuidado de los hijos y en el 14,4 por ciento recae sobre otras personas con remuneración.

lunes, 9 de julio de 2012

Mar Regueras habla de Toni Cantó como padre

Elisiya 8 julio 2012

La actriz comenta el papel del diputado de UPyD como padre de su hija Violeta.


Mar Regueras actualmente protagoniza Hospital Central en Telecinco y ha sorprendiendo concediendo una entrevista donde habla del papel de Toni Cantó como padre de su hija Violeta, que tiene seis años, en La Otra Crónica de El Mundo. A la actriz, de 42 años, le parece contradictoria la posición del diputado de UPyD que ha pedido recientemente que la custodia compartida sea una opción preferente en los procesos de divorcio.

Regueras piensa que un menor debe estar educado y dirigido por un solo adulto, ya que los niños funcionan por reglas y normas. "Si éstas se modifican cada quince días como han dictado los jueces, los chicos se vuelven locos", explica. "Lo que si estoy de acuerdo en que se regule un régimen de custodia mucho más abierto, pero soy más partidaria de que ésta sea concedida a uno de los dos progenitores", continuaba y aseguraba que lo natural es que los niños estén con la madre.

Es muy dura cuando le preguntan si Toni Cantó le ayuda con Violeta. "Tengo suerte de que la custodia se me concedió a mí porque soy quien se ocupa de todo. Cuento con su ayuda cuando aparece cada dos fines de semana…, pero poco más porque está muy ocupado… y por otras circunstancias, como muchos que reclaman cosas y luego no las llevan a cabo. Pero no quiero que mis declaraciones se interpreten como una guerra personal. Esto no lo digo por mí, que afortunadamente tengo la custodia de mi hija, sino por otras mujeres, y sobre todo, por los niños que sufren ese machaque antinatural", comenta.

Regueras asegura que le molesta la hipocresia de reclamar algo cuando en su propia casa ni siquiera lo hace y añade que Violeta es su prioridad. Dice que su hija es feliz, pero que se siente sola al tener que tomar las decisiones sobre su hija por lo que tanto cuando se equivoca como cuando acierta, lo hace sola. En cuanto al amor, explica: "No considero que hay sido desafortunada, pero tampoco ha conseguido el amor de pareja que hubiera querido".

viernes, 6 de julio de 2012

El dinero es más importante que los niños

    Les conté a ustedes que un administrador fantasma decidió censurar mi perfil de Facebook después de que considerara como pornográfica una fotografía de mi hija en la playa, entre otras. Poco después descubro que Lydia Cacho, experta mundial en trata de blancas, denunció más de 1.400 perfiles con pornografía infantil alojados en Facebook. El esfuerzo fue inútil: los perfiles eran creados nuevamente en cuestión de horas. Facebook, eso sí, cerró el perfil de… ¡Lydia Cacho! sin más explicaciones.
    Facebook no persigue a los pedófilos que actúan en su red. Simplemente, elimina sus perfiles. Y ya de paso, el de muchas personas famosas como yo para que públicamente se cree la impresión de que la red social es extremadamente cauta, cuando en realidad –como todos sabemos– Facebook no indaga la identidad de quien abre una cuenta, ni de la persona a la que se la cierran. (La cuenta se cierra, pero quien la creó no es investigado ni mucho menos perseguido). Y esta es la razón del éxito de Facebook: es facilísimo abrirse una cuenta falsa, o cientos. Y así se ha convertido en un gran contenedor de pornografía infantil. Porque para proteger a los niños haría falta que cada cuenta se verificase exhaustivamente con una llamada y un documento de identidad. Pero si eso se hiciera, Facebook no sería un negocio. Y el dinero es más importante que los niños.

  • Otro caso en el que demasiado a menudo el dinero es más importante que los niños es el de los divorcios. Todos conocemos a algún divorciado que se ha quedado con lo puesto, obligado a vivir en casa de sus padres para mantener a sus hijos, que viven en la que fue su casa con su ex señora… y el novio de esta ex señora. Y todos conocemos, por otra parte, a señores que en su vida no han cambiado un pañal o ayudado a sus hijos con los deberes, y que de un día a otro reclaman la custodia compartida cuando es evidente que si en diez años no han querido aprender a cuidar de unos niños no van a aprender de la noche a la mañana.

    Y yo me pregunto: ¿cómo es que a nadie se le ha ocurrido nunca proponer que la guardia y custodia de los niños se decida antes de tenerlos? Usted se casa y firma un contrato prenupcial en el que se especifica qué régimen se planteará en caso de divorcio. De esta manera, usted se asegura que dentro de diez años su mujer, resentida, no podrá hacer del divorcio una venganza, privándole a usted de la posibilidad de vivir dignamente y del acceso a la compañía de sus hijos. Y la mujer se asegura de que su marido no va a rememorar en el lecho conyugal las delicias de una secretaria a la que le dice que si sigue casado es sólo porque no soportaría verse de nuevo viviendo con sus padres y lejos de sus niños. Ya de paso, este preliminar forzaría a muchas de las parejas que actualmente se casan no muy conscientes de lo que hacen a hablar seriamente sobre su futuro, obligándoles a saltar sobre clichés románticos y a aterrizar de plano sobre la realidad. Quizá si todas las jóvenes parejas se tuvieran que plantear este ejercicio, en España no se divorciarían dos de cada tres matrimonios. España es uno de los países con mayor tasa de divorcios de todala UE. Ylas víctimas del divorcio, al final, son casi siempre los niños, convertidos en moneda de cambio con la que se negocian los rencores de los padres

jueves, 5 de julio de 2012

MENSAJE IMPORTANTE

Es fundamental que, individualmente, las madres que hayan sufrido tratos incorrectos, entrevistas poco objetivas, dedicación insuficiente de tiempo para ella o sus hijos/as, informes subjetivos o ambiguos etc, etc por parte de los equipos psicosociales de los juzgados, envíen quejas individualmente a la Cosejería de Justicia correspondiente. Se puede formalizar la queja por internet a la sección de quejas y sugerencias que las consejerias están obligadas a tener. Y tambien en este mismo sentido, presentar quejas al Defensor del Pueblo autonómico que corresponda. Es importante poner en conocimiento de estas autoridades las barbaridades judiciales que están ocurriendo e ir creando una campaña en ese sentido. ¡Si no nos quejamos, no pueden actuar!

Izquierda Unida alto y claro. ¡Bravo!

http://www.izquierda-unida.es/sites/default/files/doc/CUSTODIA_COMPARTIDA_Comunicación_21_06_2012.pdf