lunes, 5 de noviembre de 2012

Una juez impide a una mujer trasladarse con su hijo a Madrid para que su padre le vea una tarde a la semana

La madre alegaba que había perdido su empleo en Alicante a los pocos meses del divorcio







La madre muestra su carta de despido, que le ha obligado a volver a Madrid.
La madre muestra su carta de despido, que le ha obligado a volver a Madrid.  JOSÉ NAVARRO
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ Una juez de Familia de Alicante no ha autorizado a una madre trasladarse con su hijo de dos años de edad a Madrid para que su padre pueda seguir viéndole una tarde a la semana, tal como marca el actual régimen de visitas, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La mujer fue despedida el pasado mayo, meses después del proceso de divorcio y al final optó por irse a Madrid a trabajar con su madre ante las nulas perspectivas de encontrar empleo en Alicante.
Por este motivo, pidió un cambio en el régimen de medidas acordadas tras el divorcio, ya que el padre tenía asignada una tarde a la semana para estar con su hijo. Sin embargo, la juez no ha considerado justificado el traslado a Madrid. El abogado de la mujer, el letrado Javier Beltrán, anunció a este diario que recurriría el fallo ante la Audiencia Provincial ya que impide a la madre tratar de rehacer su vida en Madrid, al no poder estar desplazándose continuamente a Alicante para que el padre esté con el niño una tarde a la semana.
Según la juez, la madre pidió cambiar el régimen de medidas tan sólo un mes y dos días después de hacer sido despedida, "lo que denota que no tenía desde el principio intención alguna de quedarse en Alicante para realizar una búsqueda activa de empleo". Asimismo argumenta que la madre lleva residiendo y trabajando en Alicante desde 2004, "por lo que no resulta creíble que después de ocho años no tenga compañeros de trabajo o amistades en esta ciudad".
Tampoco la juez se muestra convencida de que la mujer vaya tener estabilidad laboral en Madrid trabajando con su madre. En el fallo, se dice literalmente que la magistrada ha hecho una búsqueda en Google de la empresa de la madre, un centro dedicado a la venta de productos de estética, y no ha visto nada a que en dicho comercio se ofrezcan tareas acordes con la preparación profesional de la demandante.
En el juicio, se aportaron folletos sobre dicha empresa en la que sí que se incluían servicios de terapia ocupacional, pero la juez considera que estos folletos puede haber sido "perfectamente redactados para el acto de la vista".
La madre está dispuesta a recurrir esta sentencia por considerar que le impide rehacer su vida y la deja en un estado de "indefensión absoluta". "No tengo ninguna vida en Alicante. Me vine aquí a vivir por mi marido y todas las amistades que tenía las conocí por él", explicó a este diario.
La mujer aseguró que cuando se fijó el actual régimen de custodia, "en ningún momento pude imaginarme que me iba a quedar sin trabajo", ya que las circunstancias era otras. Para ella, la sentencia la aboca a tener que renunciar a su nuevo trabajo y consideró que nadie le obliga a tener que actualizar en internet las fichas del negocio de su madre.