miércoles, 28 de noviembre de 2012
Expertas denuncian que la custodia compartida provoca en los menores problemas psíquicos como inseguridad o agresividad
Piden que no se imponga la custodia compartida si no hay acuerdo entre padres
viernes, 23 de noviembre de 2012
Custodia en Positivo en Comando Actualidad
jueves, 22 de noviembre de 2012
CURSO MONOGRÁFICO DE THEMIS SOBRE LAS CONSECUENCIAS EN LOS/LAS MENORES DE LA CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA
CURSO MONOGRÁFICO DE THEMIS SOBRE LAS CONSECUENCIAS EN LOS/LAS MENORES DE LA CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA:
29 de noviembre, jueves, a las 18:00 horas, en el Salón de Actos principal del Colegio de Abogados de Zaragoza
miércoles, 21 de noviembre de 2012
Los nuevos Herodes
Ahora ven amenazado su poder, su autoridad y su libertad extendida sobre la de la mujer, e igual que hizo Herodes el Grande, buscan atacar a quien genera esa amenaza para seguir gozando de los privilegios de su status masculino o para dañar a la persona que osa enfrentarse a ellos. La amenaza es la mujer y el instrumento son los niños, por eso aquellos que se encuentran en esta situación ahora reivindican la custodia y la guarda de sus hijos"
Comando Actualidad
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CONVOCATORIA RUEDA DE PRENSA 28 DE NOVIEMBRE DE 2012
CONVOCATORIA RUEDA DE PRENSA
La Asociación Custodia en Positivo convoca una rueda de prensa con el fin de denunciar las graves consecuencias negativas que está generando en la práctica la imposición de la custodia compartida por vía judicial, vulnerando de forma reiterada el interés superior del menor y poniendo en grave riesgo su bienestar psicosocial, con síntomas tales como agresividad, depresión, problemas de atención, hiperactividad, fracaso escolar y un largo etcétera.
También se denunciarán las irregularidades judiciales que están llevando a la desprotección de los menores para priorizar los intereses de los adultos.
Los puntos clave a tratar en la rueda de prensa serán los siguientes:
- Denuncia de hechos y exposición de reivindicaciones de la asociación encaminadas a la minimización de los efectos negativos de esta medida. Exposición de casos.
- Explicación de los efectos negativos sobre el desarrollo psicológico del menor.
- Exposición de la problemática legal y judicial que está llevando a la vulneración sistemática del interés superior del menor.
Colaboran con la Asociación Custodia en Positivo, formando parte de la rueda de prensa:
- Dña. Ana María Pérez del Campo, Presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas
- Dña. Sonia Vaccaro, Psicóloga Clínica
- Dña. Cristina Rodríguez Toja, abogada socia de la Asociación de Mujeres Juristas Themis
Lugar:
Consejo de las Mujeres del Municipio de Madrid
Salón de Actos
C \ SEÑORES DE LUZÓN Nº3, 28013 MADRID
Miércoles, 28 de Noviembre de 2012 Hora: 11:00 h.
Agradecemos de antemano la cobertura de este evento.
Fdo. Asociación Custodia en Positivo
martes, 20 de noviembre de 2012
Intenta quemar viva a su exmujer en su coche cuando ésta se dirigía al juicio por impago de pensión de alimentos
Asesinada por su exmarido por querer rehacer su vida junto a su hija
Mensaje de una madre
Esto está sucediendo en centros de apoyo a la mujer
Firma Asociación Custodia en Positivo
domingo, 18 de noviembre de 2012
jueves, 15 de noviembre de 2012
“Mi niño, por haber nacido en Cataluña, le han separado de su madre”
lunes, 12 de noviembre de 2012
Mónica Pont: "O pierdo a mi hijo o no puedo mantenerlo"
No pudo renunciar a un trabajo porque tenía que mantener a su hijo:
jueves, 8 de noviembre de 2012
HABLEMOS DE TRASTORNOS, DEFICIENCIAS Y OTROS PROBLEMAS.....
lunes, 5 de noviembre de 2012
Una juez impide a una mujer trasladarse con su hijo a Madrid para que su padre le vea una tarde a la semana
La madre alegaba que había perdido su empleo en Alicante a los pocos meses del divorcio
Por este motivo, pidió un cambio en el régimen de medidas acordadas tras el divorcio, ya que el padre tenía asignada una tarde a la semana para estar con su hijo. Sin embargo, la juez no ha considerado justificado el traslado a Madrid. El abogado de la mujer, el letrado Javier Beltrán, anunció a este diario que recurriría el fallo ante la Audiencia Provincial ya que impide a la madre tratar de rehacer su vida en Madrid, al no poder estar desplazándose continuamente a Alicante para que el padre esté con el niño una tarde a la semana.
Según la juez, la madre pidió cambiar el régimen de medidas tan sólo un mes y dos días después de hacer sido despedida, "lo que denota que no tenía desde el principio intención alguna de quedarse en Alicante para realizar una búsqueda activa de empleo". Asimismo argumenta que la madre lleva residiendo y trabajando en Alicante desde 2004, "por lo que no resulta creíble que después de ocho años no tenga compañeros de trabajo o amistades en esta ciudad".
Tampoco la juez se muestra convencida de que la mujer vaya tener estabilidad laboral en Madrid trabajando con su madre. En el fallo, se dice literalmente que la magistrada ha hecho una búsqueda en Google de la empresa de la madre, un centro dedicado a la venta de productos de estética, y no ha visto nada a que en dicho comercio se ofrezcan tareas acordes con la preparación profesional de la demandante.
En el juicio, se aportaron folletos sobre dicha empresa en la que sí que se incluían servicios de terapia ocupacional, pero la juez considera que estos folletos puede haber sido "perfectamente redactados para el acto de la vista".
La madre está dispuesta a recurrir esta sentencia por considerar que le impide rehacer su vida y la deja en un estado de "indefensión absoluta". "No tengo ninguna vida en Alicante. Me vine aquí a vivir por mi marido y todas las amistades que tenía las conocí por él", explicó a este diario.
La mujer aseguró que cuando se fijó el actual régimen de custodia, "en ningún momento pude imaginarme que me iba a quedar sin trabajo", ya que las circunstancias era otras. Para ella, la sentencia la aboca a tener que renunciar a su nuevo trabajo y consideró que nadie le obliga a tener que actualizar en internet las fichas del negocio de su madre.
domingo, 4 de noviembre de 2012
La Asociación Americana de Psiquiatría desestima la inclusión del falso SAP en el DSM5 (catálogo actualizado de trastornos mentales)
Psychiatric group: Parental alienation no disorder
Síndic critica que el Consell financie un congreso sobre custodia compartida
jueves, 1 de noviembre de 2012
El Supremo ratifica la inhabilitación del exjuez Serrano
El alto tribunal, que agravó la condena que previamente le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) —que consideró que los hechos constituían un delito de prevaricación culposa y no dolosa— no admite el incidente de nulidad y lo rechaza como había solicitado el Ministerio Fiscal. El recurso pretendía, como recuerda el auto, reparar situaciones de vulneración de derechos fundamentales e indefensión que no han podido ser denunciadas con anterioridad a la resolución que pone fin al proceso, en este caso la sentencia del Tribunal Supremo.
El exmagistrado planteó para presentarlo tres motivos en los que se vulneró, en su opinión, su derecho a la tutela judicial efectiva. En primer lugar, que cuando la acusación recurrió la primera sentencia, el propio Supremo la consideró "imprecisa". Sostiene el alto tribunal que, en el recurso de casación, la acusación pidió convertir en dolosa la pena por prevaricación. También aclara que aunque debe existir una "correlación" entre lo solicitado por parte y la decisión jurisdiccional, esa correlación "no se extiende a la argumentación".
La Sala de lo Penal de dicho tribunal considera, por tanto, que no se vulneró su derecho de defensa porque pudo, y de hecho lo hizo, "defenderse de la impugnación casacional formalizada por la acusación particular". Es más, conocía el sentido y el alcance de la misma.
Alegó también indefensión al haberle elevado el Supremo la pena sin tomarle declaración. Los magistrados, que rechazan también este motivo, explican que no se hizo una "revalorización" de la prueba, ya que no se modificaron los hechos probados, aunque sí se varió el tipo de prevaricación, lo que aumentó la pena. Por ello se autorizó la presencia del acusado en la vista de casación, lo que le permitió a Serrano sentarse en estrados, junto a su defensa, y expresar lo que le conviniera en el recurso, como así hizo.
El tercer y último motivo tampoco es atendido por la Sala. El exjuez considera que hay una alteración fáctica de los hechos probados entre la sentencia del TSJA y lo que recoge en el fundamento preliminar la del Supremo. El auto deja claro que esa síntesis —que tiene por objeto clarificar la posterior argumentación— no supone una alteración del hecho probado, que "ha sido respetado". No hay "diferencias relevantes", por todo lo que el Supremo no admite el incidente de nulidad.
El exjuez Serrano fue condenado por el Supremo que elevó la pena al no ver "imprudente" su acción. Conocía el caso, que era competencia de otro juzgado y, pese a ello, modificó el permiso sin que hubiera razones de urgencia y necesidad que justificaran tal actuación, según los magistrados. Para el Supremo, Serrano dictó una resolución injusta con "incumplimiento consciente de su deber jurisdiccional", según la sentencia que lo condenó. Dictar una resolución injusta por un funcionario tan cualificado como es el juez, "deja poco espacio a un actuar negligente", argumentaron.