miércoles, 20 de julio de 2011

Suspendido el polémico juez Serrano por prevaricación

Miércoles, 20/7/2011, elpais.com

El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano tiene que dejar de ejercer hasta que se resuelva el juicio contra él por cambiar el régimen de visitas de un niño para que saliera en una procesión de Semana Santa. Esta modificación le correspondía al Juzgado de Violencia sobre la Mujer. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le ha suspendido cautelarmente después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le haya procesado.
Serrano, para quien la Fiscalía del TSJA solicita 10 años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de prevaricación dolosa, ha protagonizado algunos conflictos por su actitud ante la Ley Integral contra la Violencia de Género, que ha calificado de injusta y a la que ha atribuido el posible "efecto perverso" de proteger "situaciones de abuso" y no a las mujeres que realmente sufren maltrato.

El magistrado criticó el "efecto perverso" de la Ley contra la Violencia de Género

Serrano llegó a comparar la situación de los hombres acusados de malos tratos a la mujer con la cárcel de Guantánamo. "Cuando a un hombre se le denuncia, a la cárcel y la llave, tirada", afirmó. También aseguró que "las desigualdades y situaciones injustas llevan a más violencia donde antes no la había e incluso a hombres que se suicidan". "Esos datos no aparecen en la foto oficial", añadió.

La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, criticó las declaraciones del juez y defendió la legislación sobre violencia contra las mujeres como "un instrumento jurídico eficaz en la lucha y erradicación de este fenómeno complejo".

Un año después de estas declaraciones se produjo la actuación del magistrado para alterar el régimen de visitas de un niño de 11 que pretendía salir de paje en una procesión de la Madrugá de Sevilla, a pesar de que no tenía responsabilidad en ese procedimiento.

La comisión permanente del CGPJ informó ayer de que adopta la medida contra el magistrado en aplicación del artículo 383.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta norma prevé la suspensión de los jueces cuando estén procesados por supuestos "delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones". El consejo advierte en su resolución que la suspensión cautelar del magistrado no supone "entrar en el fondo del asunto" y que tendrá que ser ratificada por el pleno de este órgano, previsto para mañana.

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