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jueves, 6 de junio de 2013

"La custodia compartida requiere unos padres generosos, que prioricen el interés de sus hijos"

La fórmula protege a los menores sólo cuando ambos progenitores se hayan involucrado en su educación

Ángela Cerrillos Valledor Miércoles, 29 de Mayo de 2013


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La fijación judicial de la custodia compartida como alternativa a la custodia ejercida por la madre o por el padre se empieza a plantear en la opinión pública como la forma de custodia más beneficiosa para los hijos.
Aunque los Tribunales desde hace muchos años venían acordándola en ocasiones, la Ley 15/2005, de 8 de julio, vino a modificar el artículo 92 del Código Civil, introduciendo la custodia compartida como alternativa a la custodia a favor de uno sólo de los progenitores, debiendo producirse para su atribución una serie de requisitos previos, que condujeran a la certeza de que esta era la fórmula más adecuada en beneficio de los hijos. Dicha atribución, que puede adoptarse por el órgano judicial, aún en desacuerdo del padre o de la madre, requería el informe no vinculante del Ministerio Fiscal, informe que ya no es necesario desde que, recientemente, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre ello.

Creemos que el establecimiento de la custodia compartida al producirse la ruptura entre la pareja es la fórmula que protege el interés de los menores en aquellos casos en que el padre y la madre han compartido durante la convivencia el cuidado cotidiano de sus hijos, han discutido y acordado las bases de su educación, están dispuestos a establecer una planificación  relativa a la vida futura de los/las menores: dónde van a vivir, el tiempo que van a estar con cada uno, quién se va a ocupar en cada momento de los distintos aspectos de su educación, etcétera.
En una palabra, requiere padre y madre generosos e inteligentes, que prioricen el interés de sus hijos, dejando al margen sus desencuentros como pareja. En estos casos no suele ser necesario solicitar al juez que determine la custodia compartida con el desacuerdo del padre o de la madre, porque ellos mismos presentan al Juzgado, para su aprobación, el convenio personalizado según las necesidades de los dos nuevos núcleos familiares.
En aquellos casos en los que se toma como bandera la custodia compartida por aquel o aquella que con anterioridad a la ruptura ha hecho dejación del cuidado cotidiano de sus hijos/hijas, no ha seguido de cerca su recorrido escolar, no se ha preocupado de dialogar sobre sus problemas y su futuro, y que no tiene un proyecto compartido mas allá de habitar bajo el mismo techo con los/las menores, debe entenderse que no procura otra cosa que su propio interés, que en modo alguno debe ser amparado por los tribunales.

* Ángela Cerrillos Valledor, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis

jueves, 10 de enero de 2013

"No hay manera de evitar que las maltratadas paguen por divorciarse"


ENTREVISTA CON ÁNGELA CERRILLOS

La presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, Ángela Cerrillos, recuerda que el retraso de la Ley de Justicia Gratuita pospone la exención de tasas a las víctimas de violencia machista y denuncia que la ley de Gallardón es más agresiva para las mujeres que para los hombres.

ANNA FLOTATS Madrid 10/01/2013 07:51 Actualizado: 10/01/2013 07:57

La nueva ley de tasas, que extiende el copago judicial a los particulares y que el Congreso aprobó con el rechazo de toda la oposición, tiene más impacto en las mujeres que en los hombres. Es lo que defiende la Asociación de Mujeres Juristas Themis en su informe Impacto de género de la ley de tasas en los procesos de familia. Su presidenta, la abogada de familia Ángela Cerrillos, alerta del freno que supondrá, para muchas mujeres, a la hora de emprender demandas de divorcio y solicitar indemnizaciones.
¿Por qué el impacto de la ley de tasas es mayor en las mujeres que en los hombres?
Las únicas personas que están exentas de tasas son aquellas que accedan a la justicia gratuita, que es muy limitada, pero hay una franja muy amplia de personas que pueden pagar sin ningún problema en la que las mujeres tienen una menor retribución salarial [en la Encuesta de Estructura Salarial correspondiente a 2010, el indicador Brecha salarial entre mujeres y hombres es des del 15,3%]. Por otra parte, las mujeres son las que más cogen las bajas para el cuidado de los hijos [sólo el 4% de las excedencias en 2011 fueron de hombres, según el Ministerio de Empleo], las que abandonan sus trabajos si tienen que cuidar de familiares dependientes, etc. Son las pobres de los pobres y por eso las tasas tienen más impacto sobre ellas.
Las mujeres también son las que presentan más demandas de separación y divorcio.
Sí. Y quien toma la iniciativa de demandar es quien tiene que pagar la tasa. En 2011, sólo el 10% de las sentencias de separaciones fueron promovidas por el marido. Y la cifra no llega al 20% en el caso de los divorcios. Además, también les cae la tasa a las mujeres que piden alimentos para hijos mayores de 18 años dependientes y a las que piden pensiones compensatorias o indemnizaciones en caso de separación de bienes.
"Hemos pedido al PSOE que recurra ante el Constitucional"
¿Existe algún modo para que el marido, si tiene más ingresos, asuma los gastos del proceso?
Sí, existe la petición de litis expensas, que es ofrecer la posibilidad a quien demanda de pedir un pago de los gastos del juicio al otro miembro de la pareja, si tiene más dinero. Pero para eso primero hay que solicitar el trámite de petición de justicia gratuita, que te la denieguen y luego el juzgado fija la cantidad, que en ningún caso cubre los gastos reales del juicio. Las cuantías que establecen los juzgados son tan misérrimas que muchas mujeres ni lo solicitan.
El ministro de Justicia dijo que las víctimas de violencia machista estarían exentas del pago de tasas, pero el retraso en la aprobación de la Ley de Justicia Gratuita provocará que, al menos en los próximos mese, deban pagar los 300 euros cuando presenten una demanda de divorcio. ¿Hay mecanismos para evitarlo?
No, no existen mecanismos para exonerarlas del pago. La ley no se ha modificado y en la orden ministerial, que es muy defectuosa, tampoco hay ninguna referencia de ello. Mientras no haya ninguna orden de algún tipo que exonere del pago de la tasa, las víctimas de violencia de género tendrán que pagar.
¿Cómo vais a responder ante esta ley?
Hemos hecho de todo. Antes de que se aprobara, elaboramos un estudio exhaustivo que mandamos a todos los grupos parlamentarios con las enmiendas que creíamos que tenían que introducirse, pero no se aceptó ninguna. Se ha aprobado la ley tal cual. Yo he tenido entrevistas personales con el grupo socialista para que interponga un recurso de inconstitucionalidad y en las reuniones del Consejo de la Abogacía se ha decidido pedir a todos los jueces que reciban demandas sujetas al pago de tasas que también planteen la inconstitucionalidad de la medida. Queremos conseguir todos los recursos posibles para impugnar la orden ministerial, que es la que desarrolla el pago de las tasas. Aun así, la ley va para adelante y, por mucho que hagamos, ya está causando impacto porque hay que pagarla.
¿Qué consecuencias tendrá el pago de tasas?
Sobre todo, desanimará al ciudadano a la hora de introducir peticiones. Por ejemplo, en mujeres que se están planteando pedir indemnización. A los 300 euros por presentar la demanda debe sumarse el 0,5% sobre la cuantía del pleito (una anualidad de los alimentos que se soliciten para los hijos e hijas mayores de 18 años dependientes económicamente o de las pensiones compensatorias y la cantidad total de la indemnización por dedicación a la familia o el valor de los bienes gananciales o comunes que se pretendan liquidar). Eso puede dar lugar a una tasa muy alta y, quien realmente no pueda pagarla, igual decide no empezar el proceso.


miércoles, 28 de noviembre de 2012

Expertas denuncian que la custodia compartida provoca en los menores problemas psíquicos como inseguridad o agresividad

EXIGEN SALVAGUARDAR EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR
 
MADRID, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -
 
   Representantes de asociaciones de mujeres y expertas han alertado de que la imposición de la custodia compartida provoca en los menores problemas psíquicos y físicos como inseguridad o agresividad y no defiende los intereses primordiales de los menores.
   En este sentido, la psicóloga Sonia Vaccaro ha recordado que algunos países como Francia, Canadá y Australia realizaron un estudio para valorar los efectos que conllevaba la custodia compartida en los niños que concluyó en que "les producía problemas psíquicos y físicos graves provocados por la residencia alterna". "Los menores presentaban síntomas como inseguridad con ansiedad porque no soportan el alejamiento de su madre, desapego hacia los progenitores, sentimientos depresivos, trastornos del sueño, agresividad, pérdida de confianza en los adultos y problemas confusionales", ha apuntado.
   De esta forma, Vaccaro considera importante que "cualquier proyecto de ley que incluya a niños debe realizar encuestas y consultar a los especialistas que puedan aportar datos y detalles"
   Por su parte la abogada de la Asociación de Mujeres Juristas (Themis), Cristina Rodríguez, ha subrayado que el problema es que se están "relegando" los problemas de los menores a quienes hay que tener en cuenta principalmente. "En una ruptura con menores de edad no puede perseguir satisfacer a los progenitores sino salvaguardar los derechos y el interés superior de los menores y velar por las consecuencias psicológicas que les pueda provocar esta situación", ha agregado.
   Asimismo, Rodríguez ha indicado que "se deberían proponer soluciones y debería haber restricciones velando por el menor en casos de conflictividad, de distancia geográfica entre la vivienda de ambos progenitores o la edad de los niños, es decir que se cumpla con el límite establecido en los seis años para involucrarles en el proceso de custodia compartida".
   Para la presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas,  Ana María Pérez del Campo, la custodia compartida es aquella donde "al niño se le somete al capricho de los adultos" por lo que, a su juicio, "es una falacia total y absoluta hablar del interés primordial de los hijos cuando en la práctica, en los juzgados ese interés no se tiene en cuenta en absoluto".
   "En los países donde se aplica la custodia compartida al transcurrir el tiempo las consecuencias han sido de terror para los niños --ha precisado--. Por eso lo que defendemos aquí es el derecho de los niños a crecer y desarrollarse de forma normal; a saber dónde, con quién y cómo viven; y que puedan disfrutar de una vida sin las dificultades psicológicas y psicofísicas que les produce esta custodia".
    Ante esto, Pérez del Campo ha subrayado que hablar de custodia compartida es "una denominación que es una falacia y una fantasía perversa puesto que esta solo puede producirse cuando a pareja convive y cuando no es así hay que hablar de custodia repartida o por tiempos".
   Por último, ha criticado que los equipos psicosociales "atienden deseos del juez y protegen consecuencias del juez". En este sentido, ha recordado que este año han muerto cinco niños y el año pasado murieron cuatro niños. "Niños que fueron asesinados por sus padres durante el régimen de visitas que establecieron los jueces y que cuentan con informes del equipo psicosocial que les avalan y que maten a un niño tiene que tener unas consecuencia, y tienen que tener consecuencias para el equipo que informó y ara el juez que determinó esa custodia", ha concluido.

Piden que no se imponga la custodia compartida si no hay acuerdo entre padres


Madrid, 28 nov (EFE).- Varias organizaciones han reclamado "una custodia responsable" de los hijos tras una separación o divorcio, es decir, que se aplique en cada caso lo mejor para el menor y que un juez no establezca la custodia compartida si no hay acuerdo entre ambos progenitores.
 
La Asociación Custodia en Positivo considera que cuando se impone por vía judicial la custodia compartida sin acuerdo de los padres, "lejos de proteger el interés de los menores, tiene graves consecuencias negativas para los niños".
 
"Los niños reciben cada día órdenes contradictorias respecto a su educación, sus rutinas o sus hábitos y se genera en muchos casos inseguridad, sensación de abandono y angustia, entre otros trastornos de conducta", ha explicado la psicóloga clínica Sonia Vaccaro.
 
Para la especialista, "cualquier ley debe incluir los intereses de los niños y valorar las diferentes etapas educativas de cada uno, porque no es lo mismo un niño de un año que otro de doce años".
 
La abogada de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, Cristina Rodríguez Toja, ha asegurado que cuando los padres se llevan mal y no existe acuerdo sobre cómo educar a sus hijos, el juez no debe satisfacer a los progenitores, sino salvaguardar el interés del menor.
 
"Hay una tendencia ascendente de conceder de forma automática y preferente la custodia de los niños en casos de divorcio, olvidando las circunstancias de los niños", ha dicho.
 
Sobre estas situaciones, la presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, Ana María Pérez del Campo, ha opinado que "hablar de custodia compartida es una fantasía perversa, cuando en realidad se debería hablar de custodia repartida o por tiempos".
 
"La custodia compartida sólo se puede producir si la pareja convive; no se puede partir por la mitad la educación con criterios diametralmente opuestos", ha añadido.
Pérez del Campo ha recordado que desde que se aprobó la ley del Divorcio en 1981 se establece que la custodia se otorgará "al progenitor más idóneo", aunque en la práctica se haya determinado de forma mayoritaria a las mujeres "porque han demostrado acreditar que velan mejor por los intereses de sus hijos".
 
"En España, se concede la custodia de los niños en el 12 por cientos de los casos, ¿Por qué? Porque los padres no lo piden porque asumir la custodia de un hijo no es ningún privilegio sino una responsabilidad y una hipoteca del tiempo libre", ha señalado.
 
Las organizaciones han destacado que la custodia compartida no es la opción preferente en Europa, sino que la figura más extendida es la patria potestad compartida -que faculta a ambos progenitores para tomar las decisiones relevantes que atañen a los niños-, establecida en España desde hace varios años.
 
La Asociación Custodia Compartida ha presentado un documento en el que presenta propuestas al Ministerio de Justicia, que se ha comprometido a impulsar una ley para toda España que modifique el Código Civil para que sea el juez el que decida la custodia compartida.
 
Reclama que se "priorice siempre" el acuerdo entre progenitores y en los casos en que el juez la establezca, que nunca lo haga si existe conflictividad manifiesta entre los padres, distancia geográfica elevada entre sus domicilios, incumplimiento de algunos de ellos del pago de la pensión o que haya quedado probada violencia de género o de abusos sexuales. EFE

jueves, 22 de noviembre de 2012

CURSO MONOGRÁFICO DE THEMIS SOBRE LAS CONSECUENCIAS EN LOS/LAS MENORES DE LA CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA

CURSO MONOGRÁFICO DE THEMIS SOBRE LAS CONSECUENCIAS EN LOS/LAS MENORES DE LA CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA: 
29 de noviembre, jueves, a las 18:00 horas, en el Salón de Actos principal del Colegio de Abogados de Zaragoza