viernes, 26 de septiembre de 2014

SUMAD VUESTRA FIRMA al Informe Sombra CEDAW España

Publicado el 3 junio, 2014 por
 

En abril de este año la Plataforma Informe CEDAW Sombra España publicamos nuestro Informe Sombra que presentaremos ante Naciones Unidas para que sea tenido en cuenta como parte de la voz de la sociedad civil española en la evaluación del Comité de la CEDAW a España.

Hasta el momento más de 200 organizaciones de la sociedad civil han firmado este Informe Sombra, demostrando que con el trabajo realizado por la Plataforma hemos conseguido aunar las demandas de la sociedad civil en torno a las reivindicaciones sobre los derechos de las mujeres. Estas firmas suponen asimismo un aumento de la potencia de nuestra voz, que queremos que sea decisiva en la evaluación a España de la aplicación de la CEDAW en el período 2009-2013.

Con el fin de seguir agrandando nuestra fortaleza, continuamos recogiendo firmas de asociaciones y colectivas. Para hacerlo, sólo hay que rellenar el formulario que está a continuación.

 

http://cedawsombraesp.wordpress.com/2014/06/03/sumad-vuestra-firma-al-informe-sombra-cedaw-espana/

 

 

El Consejo de Estado rechaza la custodia compartida si los padres no lo piden

El dictamen sobre la reforma de la ley recomienda esta fórmula solo de forma excepcional
 
 

El Consejo de Estado rechaza que los jueces impongan de manera ordinaria la custodia compartida si ninguno de los padres lo pide. En su dictamen sobre el anteproyecto de ley del Ministerio de Justicia sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación o divorcio, al que ha tenido acceso EL PAÍS, considera que esta fórmula solo debe establecerse de manera ordinaria "cuando uno de los progenitores lo solicite", y advierte de que "la apertura de este esquema para el caso de que ninguno de ellos lo haya solicitado constituye una medida legislativa sobre cuyas consecuencias debe reflexionarse seriamente y que, en todo caso, debe contemplarse con un carácter de excepción".

UPyD, el partido que impulsó esta reforma con una moción en 2012, tenía previsto llevar este miércoles el asunto al Congreso por considerar que se está demorando la aprobación de la ley. El diputado Toni Cantó iba a preguntar al ministro de Justicia por qué, si el Consejo de Estado ya ha emitido su dictamen, no presenta el proyecto definitivo. La pregunta se ha aplazado debido a la dimisión del ministro.

La imposición de la custodia compartida por parte del juez si los padres no la piden es el punto más controvertido de la reforma proyectada por el Ministerio de Justicia. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) manifestó su oposición en su informe sobre el anteproyecto, que presentó en septiembre del año pasado, por considerar que podría "agudizar las tensiones y controversias que frecuentemente pueden surgir tras la ruptura de la convivencia", y recomendó que en todo caso, "si se considerase necesario mantener esta opción, sería preciso revestirla de una nota de excepcionalidad", de manera que solo fuera factible "para proteger adecuadamente el interés del menor". El Gobierno tomó nota e introdujo esa condición de excepcionalidad en el texto, pero ahora el Consejo de Estado pide mejorar aún más la redacción para dejar claro que esta modalidad solo procede cuando sea necesaria para proteger a los hijos.

El Consejo de Estado no se opone a que se considere la custodia compartida como opción ordinaria cuando ambos padres lo soliciten o no haya acuerdo entre ambos, pues recuerda que de hecho ya lo están contemplando así los jueces. Tampoco se opone a que esta modalidad deje de ser excepcional frente a la custodia individual, que es el principal objetivo que persigue el anteproyecto, pero considera ingenuo considerar que este cambio pueda lograrse solo con una reforma legal. "La situación no obedece únicamente a que el sistema legal precedente diera preferencia a la guarda y custodia individual, sino a que el porcentaje de padres que la han solicitado hasta ahora ha sido muy reducido en relación con las madres", subraya el dictamen. Por ello, aunque admite que la nueva norma puede contribuir a ese objetivo, el éxito final dependerá de "una transformación real de la situación sociológica subyacente".

Según el Instituto Nacional de Estadística, en 2013 la custodia de los hijos menores fue otorgada a la madre en el 75,1% de los casos. En el 9,7% de los procesos la custodia la obtuvo el padre (frente al 5,3% de 2011), en el 14,6% fue compartida y en el 0,6% se otorgó a otras instituciones o familiares. La atribución de los hijos a la madre es también mayoritaria en las comunidades autónomas con derecho propio que ya tienen leyes que promueven esta fórmula. La pionera fue Aragón, que la aprobó en 2010, un año después lo hizo la Comunidad Valenciana y en 2012 entró en vigor la de Cataluña.

NUEVO CASO DE MALTRATO INSTITUCIONAL: Una juez de Sabadell otorga la custodia compartida de un lactante

  • Los padres habían llegado a un acuerdo privado que ya habían aplicado antes del convenio

  • La custodia de menores de tres años y lactantes es otorgada normalmente a la madre

  • La magistrada ha tenido en cuenta "el interés del menor" y la implicación del padre

EUROPA PRESS Barcelona Actualizado:30/08/2014 11:35 horas
 

El Juzgado de Primera Instancia 8 de Sabadell (Barcelona) ha acordado otorgar la custodia compartida de un menor de 15 meses que todavía es lactante a unos padres separados, repartiendo las horas del día entre ambos para garantizar su alimentación.

La abogada del padre, Mireia Ruiz, ha explicado a Europa Press que es una decisión "totalmente inédita" ya que por primera vez se dicta una custodia compartida para un lactante de tan corta edad, cuando normalmente hasta los tres años y con lactancia siempre se le otorga a la madre.

Para ella, demuestra que la Justicia "evoluciona en el reconocimiento del derecho de los padres" cuando su voluntad de participar en la crianza de los hijos está demostrada.

Al menos un año

En el auto, del 21 de julio, recogido por Europa Press, la juez estipula estas medidas provisionales, a la espera que en un año se resuelva la demanda principal, en las que determina que el padre recogerá cada día a las 8.45 horas al bebé y lo retornará a las 15.30.

Los fines de semana, el padre tendrá al menor los sábados y domingos alternos de 9.30 a 19.30 horas, y los festivos se distribuirán con idéntico horario de manera alterna.

Para dictar estas medidas la juez ha tenido en cuenta de forma prioritaria "el interés del menor" y ha hecho prevalecer la responsabilidad compartida de los progenitores respecto al menor pese a que haya separación de la pareja.

Los padres habían llegado antes, "con perfecto conocimiento y asesoramiento", a un acuerdo privado para ejercer la custodia compartida, pero al tener que ratificarlo judicialmente, la madre se echó atrás y reclamó la custodia completa del menor alegando la lactancia.

No obstante, la juez considera que "dicha lactancia ya existía en el momento de la firma del convenio", además de que la madre reconoce la implicación del padre, por lo que hace prevalecer el acuerdo previo y mantener el régimen de alternancia que ya habían aplicado en el que el padre se quedaba con el bebé cuando la madre trabajaba, siempre respetando las horas de alimentación.

 

     

     

domingo, 14 de septiembre de 2014

Triste testimonio que hemos recibido: "Una madre más"

Gracias, a todos los jueces/ juezas / fiscales y otros.

Soy una madre que a fecha de hoy no entiende como pueden decir que se mira por el interés del menor, pues bueno mi hijo durante el curso 2013-2014 ha estado yendo a dos colegios en localidades diferentes, y veo que este curso 2014-2015 de momento empieza igual, gracias a la custodia compartida.

Mi hijo hará P4 (todavía no tiene 4 años).

Llevo dos años escuchando que lo importante es el interés del menor, y por lo que he visto y leído, no es así lo importe es que el padre que nunca se ha ocupado del niño lo haga con la custodia compartida y no pase pensión .

Me gustaría que los jueces y fiscales leyeran las pruebas, escucharán las declaraciones de psicólogos, verificarán lo que es verdad y es mentira porque lo pueden hacer, pero claro les resulta más cómodo acogerse a una ley de custodia compartida igual para todos, pero gran error todos los casos no son iguales SOLO PIDO QUE LEAN, ESCUCHEN Y DICTEN EN FUNCION DE LA REALIDAD Y NO DAR CUSTODIAS COMPARTIDAS SIN SENTIDO Y PERJUDICANDO GRAVEMENTE A UN MENOR.

Una madre.

lunes, 8 de septiembre de 2014

Denuncian la aplicación de la alienación parental por jueces de Valencia y Alicante

Denuncian la aplicación de la alienación parental por jueces de Valencia y Alicante


http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2009/10/23/denuncian-aplicacion-alienacion-parental-jueces-valencia-alicante/644224.html

EFE MADRID El Síndrome de Alienación Parental (SAP), que hoy carece de base científica, está tomando carta de naturaleza en los tribunales españoles, adoptando decisiones como la guarda y custodia de un menor sin contar con "hechos ciertos y contrastados", algo "impensable" en otros ámbitos de aplicación del Derecho
Así lo expuso ayer la magistrada Paloma Marín, jefa de sección del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), quien añadió que se trata de una respuesta de "determinados sectores contrarios al avance de los derechos de la mujer".
El Observatorio examinó más de 200 resoluciones judiciales que hacen referencia a este síndrome, todas ellas dictadas por Audiencias Provinciales desde el año 2002. Entre los tribunales examinados se encuentran las Audiencias Provinciales de Valencia y Alicante.
Este análisis se hizo público en el III Congreso de dicho Observatorio, donde Marín explicó que el SAP es común en las alegaciones de las partes, en posicionamientos e informes judiciales y, sobre todo, en separaciones donde hay intereses económicos y menores.
Entre las Audiencias Provinciales que "han caído en brazos del SAP", dijo Marín, figuran las de Madrid, Valencia, Barcelona, Murcia, Alicante, Zaragoza y Soria.
El psicólogo Juan Ignacio Paz Rodríguez, recalcó que el SAP "no tiene ninguna base científica y sólo responde a un planteamiento ideológico, que fundamentalmente es usado por los padres para pedir un cambio de custodia".